Corrección de error en el extracto de la Resolución 46/2024, de 31 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se convoca por el procedimiento de concurrencia competitiva, de cuatro becas para la formación de profesionales técnicos de archivos y bibliotecas, dos para cada una de las dos especialidades, prevista en la Orden 7/2013, de 14 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas de formación en archivística y en biblioteconomía

BDNS: 741226

Advertido error en el extracto de la Resolución 46/2024, de 31 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se convoca por el procedimiento de concurrencia competitiva, de cuatro becas para la formación de profesionales técnicos de archivos y bibliotecas, dos para cada una de las dos especialidades, prevista en la Orden 7/2013, de 14 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas de formación en archivística y en biblioteconomía, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 71, de 11 de abril de 2024, se procede a su corrección de la forma siguiente:

En el segundo párrafo del apartado Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes,

Donde dice:

'El modelo oficial de solicitud, que se adjunta como Anexo I, está disponible en el Servicio de Atención al Ciudadano (Calle Beti Jai, número 1, de Logroño) o a través de la página web del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org).'

Debe decir:

'El modelo oficial de solicitud, que sea adjunta como Anexo, está disponible en el Servicio de Atención al Ciudadano (calle Beti Jai, número 1, de Logroño) o a través de la página web del Gobierno de La Rioja, (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=14467).'

En el último párrafo del apartado Sexto. Plazo de presentación de solicitudes,

Donde dice:

'Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, en el Servicio de Atención al Ciudadano y en la página Web del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org/sac) la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos (artículo 6.4 de la Orden número 7/2013, de 14 de marzo) a efectos de que, en el plazo de diez días, se proceda a la subsanación de las deficiencias observadas, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición. Posteriormente se publicará la relación definitiva de admitidos y excluidos, en los mismos lugares que la relación provisional.'

Debe decir:

'Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, en el Servicio de Atención al Ciudadano y en la página Web del Gobierno de La Rioja, (https://www.larioja.org/tablon-virtual/es/consulta?homepage=?f_cproc%3D14467%26f_intervalo%3DT) , la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos (artículo. 6.4 de la Orden número 7/2013, de 14 de marzo) a efectos de que, en el plazo de diez días, se proceda a la subsanación de las deficiencias observadas, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición. Posteriormente se publicará la relación definitiva de admitidos y excluidos, en los mismos lugares que la relación provisional.'

En el primer párrafo del apartado Undécimo. Plazo de resolución,

Donde dice:

'Finalizada la fase de selección, (artículo 6.5 de la Orden número 7/2013, de 14 de marzo) la Comisión de Valoración, en un plazo no superior a tres meses desde que reciba las solicitudes formulará la oportuna propuesta de resolución provisional de concesión al órgano concedente. Dicha propuesta deberá expresar el adjudicatario de cada beca; los suplentes de éste, en función de la puntuación total obtenida por los mismos; así como la cuantía económica de la beca. Deberá exponerse en el tablón de anuncios de la Consejería Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, en el Servicio de Atención al Ciudadano y en la página web del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org/sac) (servicios), concediendo un plazo de 10 días a los interesados para que presenten las alegaciones que estimen oportunas. Transcurrido el plazo sin que se hayan presentado alegaciones a la propuesta de resolución provisional, la misma devendrá definitiva.'

Debe decir:

'Finalizada la fase de selección, (artículo 6.5 de la Orden número 7/2013, de 14 de marzo) la Comisión de Valoración, en un plazo no superior a tres meses desde que reciba las solicitudes formulará la oportuna propuesta de resolución provisional de concesión al órgano concedente. Dicha propuesta deberá expresar el adjudicatario de cada beca; los suplentes de éste, en función de la puntuación total obtenida por los mismos; así como la cuantía económica de la beca. Deberá exponerse en el tablón de anuncios de la Consejería Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, en el Servicio de Atención al Ciudadano y en la página web del Gobierno de La Rioja, (https://www.larioja.org/tablon-virtual/es/consulta?homepage=?f_cproc%3D14467%26f_intervalo%3DT), concediendo un plazo de 10 días a los interesados para que presenten las alegaciones que estimen oportunas. Transcurrido el plazo sin que se hayan presentado alegaciones a la propuesta de resolución provisional, la misma devendrá definitiva.'

Logroño a 19 de abril de 2024.- El Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, José Luis Pérez Pastor.

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