Resolución 379/2024, de 17 de abril, de la Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización, de autorización administrativa previa y de construcción de instalación eléctrica. AT/0025691

Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente de referencia AT/0025691 incoado en esta Dirección General a instancia de I-DE Redes Electricas Inteligentes, S.A.U., solicitando autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica cuyas características técnicas principales son las siguientes:

Descripción: Centro de seccionamiento independiente (C.S.I.) automatizado denominado 'Durantia Asfaltos' y doble línea subterránea a 13,2 kV de alimentación al mismo.

Ubicación: Albelda de Iregua.

Finalidad de la instalación: Distribución.

Características técnicas:

Centro de seccionamiento independiente (C.S.I.) automatizado denominado 'Durantia Asfaltos' y doble línea subterránea a 13,2 kv de alimentación al mismo.

La nueva línea subterránea, a 13,2 kV, partirá, en trazado de ida y vuelta, desde una arqueta (denominada punto 'A', donde transcurre la línea subterránea a 13,2 kV 'La Cerrada' de STR Albelda) que une el C.T. 'Yasa-4' y el C.T. 'Yasa-5' y finalizará en el C.S.I. proyectado 'Durantia Asfaltos'. Tendrá una longitud total de 226 metros y conductor tipo HEPRZ1 12/20 kV 3x1x240 mm2 Al. Además, se realizará nueva canalización subterránea con 44 metros de longitud.

El nuevo centro de seccionamiento independiente (C.S.I.) denominado 'Durantia Asfaltos', se ubicará en edificio prefabricado de hormigón de superficie con maniobra exterior, con un conjunto de celdas automatizadas 2L+1P y aislamiento en SF6.

Esta Dirección General, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, de desarrollo de la ley en cuanto a autorización de instalaciones, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión, aprobado por Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero; el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23; el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión; el Decreto 32/1998, de 30 de abril, por el que se establecen normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas con objeto de proteger la avifauna, y otros aplicables,

RESUELVE

Otorgar la autorización administrativa previa y de construcción, de la instalación solicitada de acuerdo con el proyecto de ejecución de las obras, debiendo atenerse a las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido al efecto.

El plazo de puesta en marcha será de dos años contado a partir del día siguiente a la fecha de notificación de la presente resolución. Este plazo puede ser prorrogado por un periodo de un año a instancia de parte.

El incumplimiento de las condiciones de la presente resolución podrá dar lugar a la revocación de la presente autorización. La presente autorización no exime de la necesidad de cualesquiera otras autorizaciones, permisos o licencias previstas en la legislación vigente.

El titular dará cuenta de la terminación de las obras a efectos de su reconocimiento definitivo y emisión de la Autorización de Explotación.

Esta resolución no agota la vía administrativa. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puede ser objeto de Recurso de Alzada ante la Consejera de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Mediante este documento se notifica a los interesados la presente resolución, según lo establecido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que los datos de carácter personal que nos ha facilitado para la tramitación de este expediente, así como los que se recaben en el marco de la relación mantenida con la Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización quedarán recogidos en un fichero propiedad de la misma domiciliada en calle Marqués de la Ensenada, 13 - 15 bajo (entrada por calle Albia de Castro). La recogida y tratamiento de estos datos tiene como finalidad la gestión y tramitación de su solicitud. Así mismo Vd. autoriza y consiente la cesión de sus datos a otras Administraciones y Organismos Colaboradores de la Administración.

Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante comunicación escrita a la Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización.

Logroño a 17 de abril de 2024.- El Director General de Empresa, Energías e Internacionalización, Amadeo Lázaro Fernández.

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