Información pública de las solicitudes de exclusión del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero para el periodo 2026-2030
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, el órgano autonómico competente podrá acordar la exclusión de las instalaciones que tengan la consideración de pequeños emisores o sean hospitales, cuando los respectivos titulares de las instalaciones lo hayan solicitado y hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos que se establecen en este apartado.
En este sentido, y según lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrollan aspectos relativos a la asignación gratuita de derechos de emisión para los años 2026-2030 y otros aspectos relacionados con el régimen de exclusión de instalaciones a partir de 2026, se somete a trámite de información pública las solicitudes de exclusión de instalaciones de pequeño tamaño del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el periodo 2026-2030 admitidas a trámite que se incluyen en el anexo adjunto.
Lo que se hace público para general conocimiento, abriéndose un período de información pública de tres meses a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, a fin de que los interesados puedan presentar las alegaciones que consideren oportunas ante la Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua, de acuerdo con lo previsto en la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.
Logroño a 10 de abril de 2024.- El Director General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua, José María Infante Olarte.
ANEXO
Solicitudes de exclusión de instalaciones de pequeño tamaño (instalaciones que han emitido menos de 25.000 toneladas equivalentes de dióxido de carbono, excluidas las emisiones de la biomasa, en cada uno de los tres años del periodo de referencia 2021-2023 y que, cuando realicen actividades de combustión, tienen una potencia térmica nominal inferior a 35 MW).
Instalación | Municipio |
HJ Heinz Manufacturing Spain, SLU | Alfaro |
Cerámica de La Estanca, SA | Calahorra |
Herederos Cerámica Sampedro, SAU | Lardero |
Saint Gobain Placo Ibérica, SLU | Viguera |