Delegación de funciones para la celebración de matrimonio civil
Por esta Alcaldía, mediante resolución del día 2 de abril de 2024, en uso de las atribuciones concedidas por el artículo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento, y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, ha resuelto delegar la atribución que le confiere el artículo 51 del Código Civil, con referencia a la autorización de matrimonio civil, a la concejal Marta Elguea Cantabrana para la celebración del matrimonio civil que tendrá lugar el día 22 de abril de 2024, conforme al Expediente 973/2024 y 15/24.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del citado Reglamento.
Lardero a 2 de abril de 2024.- La Alcaldesa-Presidenta, Isabel Barceló Martínez.