Resolución 458/2024, de 15 de marzo, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la apertura de la fase de concurso de determinados procesos especiales de estabilización derivados del artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, correspondientes a los grupos D y E de personal laboral

Vistos:

La Resolución número 1911/2022, de 26 de diciembre, del Consejero de Hacienda y Administración Pública (Boletín Oficial de La Rioja número 250, de 30 de diciembre de 2022), por la que se aprueban las bases comunes que han de regir los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, establece en su base 1.2 que las peculiaridades de cada proceso selectivo serán objeto de regulación en las bases específicas de las respectivas convocatorias, especificando, asimismo, el contenido necesario de las mismas, tales como el número de plazas convocadas por modalidad de acceso y, en su caso, por turno; los requisitos específicos de participación; los méritos específicos valorables y su baremo para aquellos procesos selectivos derivados del artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

Desarrollo el anterior, que se materializa en la Resolución 1912/2022 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (Boletín Oficial de La Rioja número 250, de 30 de diciembre de 2022) por la que se convocan los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y se aprueban las bases específicas que han de regir los mismos.

Asimismo, la Base 11 de la citada Resolución 1911/2022, de 26 de diciembre establece en su apartado 1. que en los procesos especiales de estabilización de empleo derivados del artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre se realizarán por el sistema de concurso-oposición. La valoración de la fase de oposición supondrá un 60% de la puntuación total, sin que los ejercicios de la misma sean eliminatorios entre sí, mientras que la valoración de la fase de concurso supondrá el 40% de la puntuación total. Al total de las pruebas se le otorgará un valor de 100 puntos. Y el apartado 2 de dicha Base establece que la calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.

En relación con lo anterior, la base 13.8 de la Resolución 1911/2022, de 26 de diciembre, indica que para superar la fase de oposición y, por tanto, acceder a la fase de concurso, se deberán alcanzar las siguientes puntuaciones: en los procesos con un solo ejercicio de una única fase: el 45% del total de la puntuación máxima otorgada al ejercicio.

Vista la relación la relación de personas aspirantes que han superado la fase de oposición de los procesos especiales de estabilización que a continuación se detallan y cuya publicación se ha realizado en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la administración general de la Comunidad Autónoma de La Rioja en fecha 14 de marzo de 2024 es necesario proceder, de conformidad con lo regulado en la Base 13.9, a la apertura de la fase de concurso para la valoración de méritos de conformidad con criterios establecidos en las bases 14 y 15 de la Resolución 1911/2022, de 26 de diciembre, de los siguientes procesos:

- Categoría profesional Operario Especializado (Mantenimiento) (E098/22)

- Categoría profesional Operario Especializado (Cocina) (E101/22)

- Categoría profesional de Operario (E104/22)

- Categoría profesional de Operario (E104R/22)

- Categoría profesional de Cocinero (E106/22)

A tales efectos, de conformidad con lo regulado en la base 4 de la Resolución 1911/2022, en todo aquello que resulte de aplicación a la fase del concurso del proceso de referencia, se deberá presentar la solicitud de autobaremación de méritos junto con la documentación que acredite los méritos alegados refiriendo dichos méritos para su valoración al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en los procesos selectivos, el 17 de febrero de 2023, según el dispositivo único de la Resolución 70/2023, de 17 de enero, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (Boletín Oficial de la Rioja número 13, de 19 de enero de 2023).

En virtud de lo expuesto, esta Dirección General de Función Pública, en uso de las facultades conferidas en el artículo 17.d) del Decreto 51/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno,

RESUELVE

Primero. Proceder a la apertura de la fase de concurso del proceso especial de estabilización correspondiente a la categoría profesional de Operario Especializado (Mantenimiento) (E098/22) estableciendo el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de La Rioja, para la presentación por las personas aspirantes que han superado la fase de oposición, de sus solicitudes de autobaremación de méritos junto con la documentación que acredite los mismos, exclusivamente por medios electrónicos a través de la aplicación informática disponible en la dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico), siguiendo la secuencia 'Oposiciones', 'Administración General', 'OEP Estabilización (2022)'.

Segundo. Proceder a la apertura de la fase de concurso del proceso especial de estabilización correspondiente a la categoría profesional de Operario Especializado (Cocina) (E101/22) estableciendo el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de La Rioja, para la presentación por las personas aspirantes que han superado la fase de oposición, de sus solicitudes de autobaremación de méritos junto con la documentación que acredite los mismos, exclusivamente por medios electrónicos a través de la aplicación informática disponibles en la dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico), siguiendo la secuencia 'Oposiciones', 'Administración General', 'OEP Estabilización (2022)'.

Tercero. Proceder a la apertura de la fase de concurso del proceso especial de estabilización correspondiente a la categoría profesional de Operario (E104/22) estableciendo el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de La Rioja, para la presentación por las personas aspirantes que han superado la fase de oposición, de sus solicitudes de autobaremación de méritos junto con la documentación que acredite los mismos, exclusivamente por medios electrónicos a través de la aplicación informática disponibles en la dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico), siguiendo la secuencia 'Oposiciones', 'Administración General', 'OEP Estabilización (2022)'.

Cuarto. Proceder a la apertura de la fase de concurso del proceso especial de estabilización correspondiente a la categoría profesional de Operario (E104R/22) estableciendo el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de La Rioja, para la presentación por las personas aspirantes que han superado la fase de oposición, de sus solicitudes de autobaremación de méritos junto con la documentación que acredite los mismos, por medios electrónicos a través de la aplicación informática disponibles en la dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico), siguiendo la secuencia 'Oposiciones', 'Administración General', 'OEP Estabilización (2022)'. No obstante, las personas con discapacidad intelectual o menores de edad podrán hacerlo de forma presencial según lo establecido en la base 4.2.b).

Quinto. Proceder a la apertura de la fase de concurso del proceso especial de estabilización correspondiente a la categoría profesional de Cocinero (E106/22) estableciendo el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de La Rioja, para la presentación por las personas aspirantes que han superado la fase de oposición, de sus solicitudes de autobaremación de méritos junto con la documentación que acredite los mismos, exclusivamente por medios electrónicos a través de la aplicación informática disponibles en la dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico), siguiendo la secuencia 'Oposiciones', 'Administración General', 'OEP Estabilización (2022)'.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y de los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 15 de marzo de 2024.- El Director General de Función Pública, Ángel Sainz Yangüela.

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