Delegación de funciones para la celebración de matrimonio civil
Por esta Alcaldía, mediante resolución del día 18 de marzo de 2024 y en uso de las atribuciones concedidas por el artículo 43 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, he resuelto delegar la atribución a mi conferida por el artículo 51 del Código Civil, referida a la autorización, de matrimonio en civil en la concejala Estibaliz Heras Fernández, para la celebración del matrimonio civil, que tendrá lugar el día 24 de mayo de 2024.
Lo que se hace público en cumplimiento der lo dispuesto en el artículo 44.2 del citado Reglamento.
Fuenmayor a 18 de marzo de 2024.- El Alcalde-Presidente, Alberto Peso Hernáiz.