Convocatoria para la provisión de varios puestos de trabajo de Oficial Albañil

Mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 6 de marzo de 2024, se aprueba la convocatoria para la provisión mediante concurso varios puestos de trabajo de Oficial Albañil del Ayuntamiento de Logroño, en los terminos que se detalla a continuación:

Primero.

Efectuar, entre los funcionarios de esta Administración Municipal pertenecientes a la Dirección General de Información y Participación Ciudadana, la convocatoria para la provisión mediante concurso de los puestos de trabajo, cuyas características, requisitos y demás elementos se relacionan a continuación: Administración Pública, Interior y Participación Ciudadana/Información y participación ciudadana/-/

DOT Denominación puesto CD C.ESP. F.P . GR Sgr C. Requisitos tipo. Jornada
 673
2 Oficial Albañil (Parque de servicios)     
15 10.395,00 C.G C C2 AE - N.S J.N

Segundo. Participación.

1. Podrán tomar parte en los concursos los funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Logroño, y los de otras Administraciones Públicas, cuando así se especifique en el Catálogo o Relación de puestos de trabajo, cualquiera que sea su situación administrativa, a excepción de los suspensos en firme que no podrán participar mientras dure la suspensión, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la convocatoria, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. La participación de los interesados se dará sin ninguna limitación por razón de la Dirección General o Unidad en la que prestan servicio, salvo en aquellos concursos que, en aplicación de lo dispuesto en un Plan de empleo, se reserven a los funcionarios destinados en las Áreas, Direcciones Generales o Unidades que se determinen.

2. Los funcionarios en excedencia por interés particular sólo podrán concursar si llevan más de dos años en dicha situación, y existe vacante presupuestaria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

3. Los funcionarios que ocupen puestos con carácter no definitivo, deberán, obligatoriamente tomar parte en los concursos.

4. Los procedentes de la situación de suspenso en firme, deberán haber cumplido el periodo de suspensión en la fecha indicada.

5. Los funcionarios en activo con destino definitivo, sólo podrán participar en los concursos siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido por concurso y hasta el día que finalice el plazo de presentación de instancias, salvo que hubiesen sido nombrados posteriormente para ocupar un puesto de libre designación, se suprima su puesto, sea objeto de remoción en los supuestos previstos en el artículo 20.1.e) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, o soliciten un puesto de trabajo en su propia Área o, en el caso de la Policía Local, en su misma Sección.

6. En el plazo de dos años, a partir de su toma de posesión, los funcionarios de carrera de nuevo ingreso no podrán participar en concursos para la provisión de puestos de trabajo.

Tercero: Solicitudes.

1. Las solicitudes para tomar parte en el correspondiente concurso, de dirigirán al Alcalde, ajustadas a los modelos publicados como Anexo al presente Acuerdo y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la respectiva convocatoria en el Boletín Oficial de la Rioja.

Asimismo se expondrán en el Panel Informativo de la Dirección General del Conocimiento y Competencias Profesionales.

2. Los interesados podrán presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Logroño, en el Registro Auxiliar existente en la Dirección General del Conocimiento y Competencias Profesionales, sitos ambos en el edificio de la Casa Consistorial (Avenida de la Paz, 11) en horas de nueve de la mañana a dos de la tarde cualquiera de los días laborables del plazo correspondiente, a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Logroño web municipal (www.logroño.es) o en las oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Con arreglo a lo determinado en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud no cumpliera los requisitos exigidos se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos perceptivos, con indicación, de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada Ley.

La presentación de la solicitud para el concurso supone el conocimiento y aceptación inequívocos por parte del interesado del tratamiento de los datos de carácter personal a realizar por el órgano competente y únicamente para los fines establecidos. Toda la información facilitada en las solicitudes será incluida en un fichero cuyo uso se limitará a la gestión del proceso de provisión. El uso y el funcionamiento de este fichero se ajustará a las previsiones de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos Digitales.

3. Podrán solicitarse, por orden de preferencia, cuantas vacantes se incluyen en los respectivos concursos o, en su caso, las que pudieran resultar como consecuencia de las adjudicaciones que se produzcan, siempre que en ambos casos se reúnan los requisitos y condiciones exigidas.

4. El plazo de resolución de los concursos será como máximo de dos meses, desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, salvo que, en supuestos excepcionales la propia convocatoria establezca otro distinto. Transcurrido este periodo o el que en su caso se establezca, sin dictar Resolución expresa, se podrán entender desestimadas las solicitudes de participación presentadas.

5. Tras la expiración del plazo de presentación de solicitudes y en el plazo máximo de 20 días se confeccionará una lista de admitidos y excluidos, con señalamiento en este último caso de la causa que obedecerá a la falta de posesión de alguno de los requisitos necesarios para el desempeño del puesto de trabajo según el Catálogo vigente. En caso de encontrarse excluido se dispondrá de un plazo de 5 días, a contar desde el día siguiente de la publicación de la lista de admitidos y excluidos, para formular las alegaciones que procedan.

6. En aquellos supuestos de que la complejidad cualitativa o cuantitativa del concurso así lo requiera, la propia convocatoria podrá ampliar el plazo señalado en el apartado cuarto hasta un máximo de dos meses más.

Cuarto.

La puntuación mínima que posibilitará la adjudicación de los puestos de trabajo contenidos en la presente convocatoria, de conformidad con las previsiones contenidas en las Bases para la provisión mediante concurso público de los puestos de trabajo vacantes en el Catálogo del Ayuntamiento de Logroño, será la siguiente:

Méritos Generales: 5,00 Puntos

Méritos Específicos: 2,00 en la prueba práctica de los méritos específicos.

Quinto.

Determinar la composición de las Comisiones de Valoración para los puestos convocados, en los términos de lo dispuesto en las Bases Generales aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 23 de marzo de 2022 y la modificación aprobada en fecha 21 de febrero de 2024 en los términos que a continuación se relacionan:







  Titular Suplente
     Presidente: Fernando Barrientos Bernardo        
Raquel Vilar Castaño
     Vocales: David Gonzalo González Mariano Martínez Valoria
  Francisco Octavio Terroba Malo Jesús Fernández Pascual
  Vicente Iburo Alonso
  José Ángel Bernechea Arina
  Piedad Valverde López María Lourdes Heras Alonso     
  Ángel Puente Vallenilla Miguel Ruales Trapero

María Amelia Martín Decimavilla
Hernán García Martínez
     Secretario/a:       Carmen Herce Mateo  

Este Acuerdo agota la vía administrativa y contra el mismo podrán interponerse los siguientes recursos, sin perjuicio de utilizar cualquier otro que estime pertinente. Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación. Previamente y con caracter potestativo, en el plazo de un mes se podrá interponer recurso.

Logroño a 6 de marzo de 2024.- El Alcalde, Conrado Escobar Las Heras.

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
8587 larioja Autoridades y personal,Ayuntamiento de logroño,BOR,BOR 2024 nº 54 https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/larioja/boa/2024-03-15/8587-convocatoria-provision-varios-puestos-trabajo-oficial-albanil https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.