Resolución de Alcaldía 1747/2024, de 28 de febrero, por la que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería del Ayuntamiento de Logroño

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la publicación del Plan de Disposición de fondos aprobado por Resolución de Alcaldía 01747/2024, de fecha 28 de febrero de 2024, que se transcribe a continuación:

Logroño a 29 de febrero de 2024.- El Alcalde, Conrado Escobar Las Heras.




ANEXO

PLAN DE DISPOSICIÓN DE FONDOS DEL AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO PARA 2024

1. Este Plan de disposición de fondos es un instrumento para la gestión de la tesorería y constituye una herramienta eficaz para regular la liquidez de entidad y para dar cumplimiento a la normativa vigente en materia de plazos de pago, estabilidad presupuestaria y morosidad.

2. La gestión de los fondos que integran la Tesorería se realizará bajo el principio de unidad de caja con la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias, utilizando todos los recursos dinerarios disponibles para el pago de las obligaciones.

3. Se respetará en todo momento el siguiente orden en la prelación de pagos:

a. Pagos a su vencimiento de las cuotas de amortización de la deuda, incluidos sus intereses, así como los referidos a los pagos por cancelación de operaciones no presupuestarias de tesorería si las hubiera.

b. Pagos correspondientes a gastos de personal incluidos en el capítulo I, y pagos extrapresupuestarios a realizar en concepto de cuotas retenidas a los empleados por razón de las cotizaciones a la Seguridad Social, así como los derivados de liquidaciones en concepto de impuestos retenidos a los perceptores de estos gastos.

c. Pagos de obligaciones reconocidas en ejercicios anteriores tanto de naturaleza presupuestaria como no presupuestaria. Se incluyen en este apartado las imputadas al ejercicio corriente procedentes de la cuenta 413.

4. A efectos de cumplir con la normativa vigente en materia de estabilidad presupuestaria, morosidad y la propia de la contratación del Sector Público se fijan a continuación plazos de pago según la diferente naturaleza de los gastos.

5. Gastos de Personal. Los gastos derivados de la nómina del personal se pagarán el día 28 de cada mes por la cuantía que se haya reconocido en el presupuesto municipal.

6. Por lo que respecta a los pagos a la Seguridad Social se pagarán en los últimos cinco días del mes siguiente al de su devengo. En cuanto a los pagos por retenciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas se abonarán durante los 20 primeros días del mes siguiente al período de autoliquidación mensual que corresponda.

7. Para resto de los gastos de personal se pagarán en el plazo de 30 días desde el reconocimiento de la obligación.

8. Por lo que respecta a los gastos derivados de los contratos sujetos a la legislación de contratos del sector público, y aquellos otros en los que exista la obligación de expedir factura, el pago se realizará en el plazo de 15 días a contar desde la fecha de aprobación de las facturas siempre que ésta se haya realizado en el plazo máximo de 30 días desde su recepción, en otro caso, se computará desde los 30 días de la recepción.

9. Cuando razones de liquidez lo motiven el plazo del párrafo anterior podrá ampliarse a 30 días. Para determinar las obligaciones en la que se amplía el plazo se atenderá únicamente a dos criterios: fecha de registro de la factura y cuantía. En la primera primará la anterior frente a la posterior; en la segunda, las de menor cuantía frente a las de mayor.

10. Cuando se trata de pagos relativos a gastos financiados con Fondos Europeos, los plazos previstos en los párrafos anteriores se ajustarán en todo caso a los vencimientos, tanto de pagos como de justificación, que establezca el marco de financiación para cada caso.

11. Con relación a los gastos de arrendamientos y otros derivados de contratos patrimoniales se abonarán en las fechas de vencimientos previstas en los respetivos contratos.

12. Los gastos correspondientes a tributos se realizan en el plazo del vencimiento en periodo voluntario que resulte en cada caso.

13. Con relación a los gastos correspondientes a indemnizaciones por razón del servicio el pago se realizará en el plazo de 15 días a contar desde el reconocimiento de la obligación.

14. Los gastos financieros y amortización de deuda, en la fecha de su vencimiento.

15. Las transferencias corrientes y de capital se pagan con carácter general en el plazo de 30 días desde el reconocimiento de la obligación. Los convenios que incorporen condiciones de pago distintas deberán ser previamente informados por la Tesorería municipal.

16. Las transferencias derivadas de los programas de emergencia social abonarán en el plazo de 7 días desde el reconocimiento de la obligación la ordenación del pago.

17. Las transferencias a la sociedad mercantil Logroño Deportes S.A. se realizarán con carácter general en doceavas partes, si bien por la Tesorería municipal se podrán adecuar el ritmo de los pagos a las circunstancias que motiven la situación de disponibilidades de tesorería de la sociedad pública.

18. Los pagos librados a justificar se realizarán en el plazo de 7 días a contar desde la contabilidad del documento.

19. Pagos derivados de la devolución de ingresos indebidos, devoluciones de ingresos duplicados o excesivos, o la devolución de fianzas y depósitos se realizarán en el plazo de 30 días desde que entre en la Tesorería.

20. La Tesorería podrá retener pagos para su compensación con las deudas tributarias o de otra naturaleza a favor del Ayuntamiento de Logroño en los términos establecidos en la normativa vigente.

21. Todos los plazos expresados lo son en días naturales.

22. Con carácter general los pagos materiales se realizarán con periodicidad semanal, todos los miércoles de cada semana, o el día hábil anterior o posterior.

23. Atendiendo a la naturaleza del pago, o al cierre del ejercicio presupuestario, podrán realizarse pagos extraordinarios fuera del plazo previsto en el párrafo anterior.

24. En cuanto a las formas de pago se estará a lo dispuesto en las bases de ejecución del presupuesto que establecen como sistema general de pago la transferencia bancaria.

25. El Plan estará vigente durante el año 2024, y prorrogará su vigencia en el ejercicio siguiente en tanto no se proceda a la aprobación del nuevo plan. De igual manera, el Plan podrá ser revisado a lo largo del ejercicio en función de las modificaciones sustanciales que se produzcan en las disponibilidades líquidas o en las previsiones a corto plazo.

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
8321 {"title":"Resolución de Alcaldía 1747\/2024, de 28 de febrero, por la que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería del Ayuntamiento de Logroño","published_date":"2024-03-01","region":"larioja","region_text":"La Rioja","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-larioja","id":"8321"} larioja Ayuntamiento de logroño,BOR,BOR 2024 nº 44,Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/larioja/boa/2024-03-01/8321-resolucion-alcaldia-1747-2024-28-febrero-se-aprueba-plan-disposicion-fondos-tesoreria-ayuntamiento-logrono https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.