Convocatoria para la concesión de subvenciones a asociaciones educativas sin ánimo de lucro. Año 2024 (extracto)
BDNS: 745277
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios.
Asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro cuyos objetivos vayan encaminados a promover y potenciar el asociacionismo socio-educativo.
Segundo. Objeto.
Promover y potenciar el asociacionismo socio-educativo, favoreciendo aspectos como la participación en la sociedad, el ocio y tiempo libre creativos, una correcta socialización de los individuos, su formación integral y cuanto pueda impulsar una adecuada transición al mundo adulto.
Tercero. Bases reguladoras.
Las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro en materia de Educación aprobadas por Acuerdo de Pleno de fecha 2 de febrero de 2023 y publicadas en el Boletín Oficial de La Rioja número 25, de fecha 6 de febrero de 2023.
Cuarto. Cuantía.
- Cuantía total: 50.000 euros
- Cuantía por beneficiario: El importe de las subvenciones a otorgar a cada una de las entidades se calculará para cada programa o actividad atendiendo a los puntos obtenidos mediante la aplicación del baremo especificado en el artículo 7 de las Bases Reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria por la Base Nacional de Subvenciones en el Boletín Oficial de La Rioja.
Lugar de presentación de solicitudes.- Las entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse con el Ayuntamiento de Logroño a través de medios electrónicos según establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2017 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes, junto con el resto de documentación, se presentarán en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Logroño o bien en cualquiera de los registros autorizados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Sede Electrónica de presentación del Ayuntamiento de Logroño se encuentra en la web (www.logrono.es). Igualmente quedará habilitada la presentación electrónica a través del Registro Electrónico del Punto de Acceso General del Estado en (https://administracion.gob.es)
Sexto. Otros datos de interés.
- Convocatoria:
- El texto íntegro de la Convocatoria estará disponible en la página web del Ayuntamiento de Logroño.
- Solicitudes:
- Documentación: Según el artículo 5 de las Bases Reguladoras.
- Criterios de valoración: Según el artículo 7 de las Bases Reguladoras.
- Forma de pago: Según el artículo 13 de las Bases Reguladoras.
- Forma de justificación: Según el artículo 14 de las Bases Reguladoras.
Logroño a 22 de febrero del 2024.- El Alcalde, Conrado Escobar Las Heras.