Aprobación de la modificación de precio público para el Centro de la Cultura del Rioja, así como la fijación de uno nuevo para la entrada al mismo
De conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se publica a continuación el contenido del acuerdo de Pleno de este Ayuntamiento en su sesión ordinaria celebrada el día 8 de febrero de 2024, por el que se aprueba la modificación de precio público para el Centro de la Cultura del Rioja, así como la fijación de uno nuevo para la entrada al mismo.
Las anteriores modificaciones de la tarifa, al igual que la aprobación del nuevo precio, podrán exigirse a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, y regirán en tanto no se acuerde su modificación o derogación expresa.
Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con el artículo 108 y 137 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se podrán interponer los siguientes recursos administrativos:
- Potestativamente podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes.
- Reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-administrativo del Ayuntamiento de Logroño en el plazo de un mes, con carácter previo al contencioso-administrativo.
Ambos plazos a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja y sin que puedan simultanearse ambos recursos. Interpuesto recurso de reposición no podrá promoverse reclamación económico-administrativa hasta la resolución expresa del mismo o su desestimación por silencio administrativo.
La interposición de recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar cualquier otro medio de impugnación que estime procedente.
Logroño a 21 de febrero de 2024.- El Alcalde, Conrado Escobar Las Heras.