Resolución 207/2024, de 14 de febrero, del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se regula la concesión directa de subvención y su abono anticipado a favor de Xi An International University (China), con el fin de incentivar las estancias de graduados de dicha Universidad, para la realización del título propio de posgrado de la Universidad de La Rioja: Máster de formación permanente en Enoturismo, dentro del proyecto Enorregión Campus Internacional del Vino del Plan de Transformación de La Rioja en el periodo 2022-2025 (extracto)

BDNS: 745084

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/745084).

Con fecha 3 de diciembre de 2022, se firmó el convenio de colaboración entre el Gobierno de La Rioja, y la Universidad de la Rioja para el desarrollo y la implementación de los proyectos del Plan de Transformación de La Rioja en el periodo 2022-2025.

Entre las actividades a llevar a cabo en el marco de Enorregión-Campus Internacional del Vino, se encuentra la implantación Máster Enoturismo con marcado carácter internacional y profesional, que cuente con una elevada implicación de las empresas del sector, tanto en la oferta de prácticas académicas como en el desarrollo de trabajos de fin de Máster.

Dentro de esta estrategia, se llega a un acuerdo con la Xi An International University (China), que cuenta con un acuerdo MOU (Memorandum Of Understanding) en vigor, resultando de interés para la Universidad de La Rioja continuar trabajando en el fortalecimiento de los lazos con dicha Universidad.

En el marco del Plan de Transformación, la Universidad de La Rioja organiza un programa de estancias subvencionadas para la realización del Título Propio de Posgrado: Máster de Formación Permanente en Enoturismo que será impartido en el Campus Internacional del Vino, y que ha de convertirse en una seña de identidad del Campus.

Artículo 1. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto regular la concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público y social - en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en relación con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha ley-, de una ayuda económica a la Xi An International University (China), con el fin de:

a. Potenciar la internacionalización del Título Propio de Posgrado: Máster de formación permanente en Enoturismo de la Universidad de La Rioja.

b. Fomentar y facilitar las relaciones de cooperación de la Universidad de La Rioja con la Universidad beneficiaria facilitando el acceso de sus graduados al citado Máster.

c. Contribuir al desarrollo de la calidad de los estudios del Título Propio de Posgrado: Máster de formación permanente en Enoturismo, fomentando la movilidad de estudiantes.

Artículo 2. Beneficiario.

El beneficiario de esta subvención es la Xi An International University (China), si bien su destinatario final es un graduado de la citada Institución, que se detalla en el anexo de la resolución, tras el proceso de selección celebrado por ésta del que se ha informado y aportado documentación a la Universidad de la Rioja.



Artículo 3. Condiciones y cuantía de las ayudas.

1. La cuantía total máxima de la subvención a otorgar, al amparo de la presente Resolución, asciende a cuatro mil cuatrocientos cincuenta euros (4.450,00 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 13.02.03 400T.480.99, de los Presupuestos de la Universidad de La Rioja.

2. Al graduado seleccionado para ser becado le corresponde en concepto de la subvención:

a. Matrícula: Comprenderá el importe de matriculación para la realización del Máster.

b. Cuantía fija asociada al alojamiento durante la estancia con motivo de las clases presenciales del 16 al 28 de abril de 2024.

c. De acuerdo con lo previsto en el artículo 34. 4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las subvenciones se abonarán en la modalidad de pago anticipado y en un único pago. Asimismo, no será preciso la solicitud de la entidad beneficiaria, ni que presente garantía en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.2.a) y d) del Reglamento de la citada ley.

d. El beneficiario cede el derecho de cobro a la subvención a la entidad proveedora del servicio de alojamiento y a la de gestión de la matriculación, de conformidad con el artículo 83.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Obran incorporadas al expediente las facturas proforma por el coste total, emitidas por la empresa prestadora del servicio de alojamiento y por la entidad gestión de matriculación. El pago único y anticipado se efectuará al proveedor respectivo mediante transferencia bancaria.

Artículo 4. Plazo de aceptación de la Resolución.

La presente resolución se notificará a la entidad beneficiaria, que deberá aceptarla en el plazo máximo de cinco días desde su notificación. Transcurrido dicho plazo sin que la Universidad se haya pronunciado expresamente se entenderá aceptada en todos sus términos.

Artículo 5. Obligaciones del beneficiario.

La participación en el procedimiento implica la aceptación de las condiciones de la presente Resolución de concesión, de las normas de ejecución presupuestaria de la Universidad de La Rioja y, en general, de la normativa en vigor que regule la ejecución y justificación de fondos públicos.

a. Haber efectuado la selección del graduado destinatario final de la beca, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

b. Puesta a disposición de la Universidad de La Rioja de toda la documentación necesaria identificativa, tanto personal como académica del becado, a efectos de tramitación de la estancia, a saber, resolución de selección, pasaporte y/o visado, documento acreditativo académico y toda aquella documentación necesaria para poder tramitar atendiendo a su nacionalidad.

Logroño a 14 de febrero de 2024.- El Rector, Juan Carlos Ayala Calvo.

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