Corrección de errores de la Orden PDI/9/2023, 26 de octubre, de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la adquisición de bicicletas y ciclos de pedales

Advertidos errores en el texto de la Orden PDI/9/2023, de 26 de octubre, de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la adquisición de bicicletas y ciclos de pedales publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 219 de 31 de octubre de 2023, se procede a su corrección en el siguiente sentido:

En el artículo 5, apartado 1

Donde dice:

''Artículo 5. Solicitudes y documentación.

1. La solicitud de subvención deberá presentarse en el impreso normalizado que estará a disposición de los interesados en la sede electrónica (www.larioja.org) en el área temática de Transportes, acompañada de la siguiente documentación:

a) Si el solicitante es persona física, certificado de empadronamiento en un municipio de La Rioja, en el momento de adquisición del vehículo.

b) Si el solicitante es persona física que sea profesional autónomo, justificante de estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social el momento de la adquisición del vehículo.

c) Copia de la factura completa. En la factura deberá constar la fecha de compra, la marca, el modelo y el número de serie o de bastidor del vehículo adquirido, así como el precio con el importe del IVA desglosado.

d) Justificante de pago de la factura.

e) La declaración de conformidad del fabricante, el manual de instrucciones, y para los ciclos de más de dos ruedas el expediente técnico, con arreglo a lo dispuesto en los anexos I, II y III del Real Decreto 339/2014, de 9 de mayo, por el que se establecen los requisitos para la comercialización y puesta en servicio de las bicicletas y otros ciclos y de sus partes y piezas, y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

f) Las siguientes declaraciones responsables incluidas en la solicitud de ayuda:

g) De que el vehículo para el que se solicita subvención cumple los requisitos técnicos establecidos en las presentes normas reguladoras.

h) De que el solicitante no está incurso en ninguna de las prohibiciones que impidan obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

i) De que el solicitante no ha sido beneficiario de otra ayuda para la misma finalidad otorgada por cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

j) Documento que acredite la representación del solicitante si actúa por medio de representante y, en su caso, autorización para que dicho representante pueda actuar en su nombre.

k) Ficha de alta de terceros en modelo normalizado, si el solicitante no está dado de alta en el subsistema de Terceros del Gobierno de La Rioja, o en su caso, de modificación de datos''.

Debe decir:

''Artículo 5. Solicitudes y documentación.

1. La solicitud de subvención deberá presentarse en el impreso normalizado que estará a disposición de los interesados en la sede electrónica (www.larioja.org) en el área temática de Transportes, acompañada de la siguiente documentación:

a) Si el solicitante es persona física, certificado de empadronamiento en un municipio de La Rioja, en el momento de adquisición del vehículo.

b) Si el solicitante es persona física que sea profesional autónomo, justificante de estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social el momento de la adquisición del vehículo.

c) Copia de la factura completa. En la factura deberá constar la fecha de compra, la marca, el modelo y el número de serie o de bastidor del vehículo adquirido, así como el precio con el importe del IVA desglosado.

d) Justificante de pago de la factura.

e) La declaración de conformidad del fabricante, el manual de instrucciones, y para los ciclos de más de dos ruedas el expediente técnico, con arreglo a lo dispuesto en los anexos I, II y III del Real Decreto 339/2014, de 9 de mayo, por el que se establecen los requisitos para la comercialización y puesta en servicio de las bicicletas y otros ciclos y de sus partes y piezas, y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

f) Las siguientes declaraciones responsables incluidas en la solicitud de ayuda:

- De que el vehículo para el que se solicita subvención cumple los requisitos técnicos establecidos en las presentes normas reguladoras.

- De que el solicitante no está incurso en ninguna de las prohibiciones que impidan obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

- De que el solicitante no ha sido beneficiario de otra ayuda para la misma finalidad otorgada por cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

g) Documento que acredite la representación del solicitante si actúa por medio de representante y, en su caso, autorización para que dicho representante pueda actuar en su nombre.

h) Ficha de alta de terceros en modelo normalizado, si el solicitante no está dado de alta en el subsistema de Terceros del Gobierno de La Rioja, o en su caso, de modificación de datos''.

Logroño a 21 de febrero de 2024.- El Consejero de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, Daniel Osés Ramírez.

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