Resolución 118/2024, de 1 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria pública para el ejercicio 2024 de las subvenciones del coste de los seguros agrarios incluidos en el Plan de Seguros Agrarios Combinados 2024 (extracto)

BDNS: 742739

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/742739)

Primero. Bases reguladoras.

La Orden 19/2012, de 24 de septiembre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la suscripción de los seguros agrarios incluidos en los Planes anuales de Seguros Agrarios Combinados. (Boletín Oficial de La Rioja número 118 de 28 de septiembre de 2012).

Segundo. Objeto.

Aprobar la convocatoria de subvenciones para las líneas de seguros incluidas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2024. Tanto el plazo de suscripción de los seguros como las líneas de seguros, están recogidos en el cuadragésimo quinto Plan de Seguros Agrarios aprobado el 27 de diciembre de 2023 y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre de 2023, así como en la Orden 19/2012, de 24 de septiembre, publicada por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, que tiene como objeto subvencionar el coste de los seguros agrarios incluidos en los planes anuales de seguros combinados.

Tercero. Beneficiarios.

Para ser beneficiarios de la presente convocatoria se han de reunir los requisitos que se determinan en la Orden 19/2012, de 24 de septiembre.

Cuarto. Cuantía.

Se aprueba el gasto para la convocatoria de subvenciones para el año 2024 de las subvenciones del coste de los seguros agrarios concertados, de acuerdo a la Orden 19/2012, de 24 de septiembre, por un importe total de cuatro millones cien mil euros (4.100.000 euros), imputándose con cargo a la partida presupuestaria 05.02.01.4122.474.00 'Seguros Agrarios' del presupuesto correspondiente al ejercicio 2024.

La cuantía convocada podrá ser aumentada en una cuantía adicional indeterminada, de conformidad con el procedimiento y los requisitos expresados en el artículo 23.bis del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

La formalización de la correspondiente póliza de contrato de seguro tendrá la consideración de solicitud de la subvención, siempre y cuando se realice dentro de los periodos de suscripción establecidos en el Plan Nacional de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2024 y se encuentre correctamente cumplimentada.

Sexto. Otros datos de interés.

1. Convocatoria.

El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/agricultura/es/gestion-explotaciones/seguros-agrarios)

2. Procedimiento de concesión.

Estas ayudas se tramitarán en régimen de concesión directa y están contempladas en la Orden HAP/64/2021, de 25 de octubre, por la que, por la que se aprueban las líneas de subvención de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

3. Tramitación de la ayuda.

La subvención para el Plan de Seguros Agrarios 2024 se aplicará según lo establecido en el artículo 4 de la Orden 19/2012, de 24 de septiembre, y conforme a los porcentajes establecidos en la resolución de la convocatoria.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 4.2 de la Orden 19/2012, de 19 de septiembre, se aumenta en cinco puntos el porcentaje de subvención aplicada cuando se cumpla una de las siguientes condiciones:

- Ser explotación de titularidad compartida, o

- Ser joven agricultor que haya recibido el pago para los jóvenes agricultores a que se refiere el capítulo 5 del Reglamento (UE) número 1307/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) número 637/2008 y (CE) número 73/2009 del Consejo (o norma vigente en la materia), y/o la ayuda a la primera instalación en virtud del Reglamento (UE) número 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) número 1698/2005 del Consejo.

En los casos en que, en el momento de suscripción de la póliza el tomador no disponga de datos para la aplicación de la subvención adicional por joven agricultor, los solicitantes deberán presentar según corresponda: documento de pago de ayuda a jóvenes agricultores incluido en su Solicitud Única en los 12 meses anteriores; o la resolución de concesión de la ayuda a la primera instalación, siendo dicha fecha como máximo, cinco años anterior a la fecha de contratación de la póliza.

El importe concedido no podrá exceder la intensidad máxima establecida en las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales publicadas mediante Comunicación de la Comisión Europea (2022/C 485/01). Además, se establece un límite del 75% de la prima comercial base neta, para todas las líneas de seguro excepto para la retirada y destrucción de animales muertos en la explotación, cuya intensidad no podrá superar el 90% del coste de la prima.

La Dirección General de Agricultura y Ganadería es el órgano encargado de la instrucción y ordenación del procedimiento.

El órgano competente para resolver la concesión será la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, salvo que se encuentre en vigor una delegación de competencias en la materia.

4. Obligaciones.

Los beneficiarios se someterán a las obligaciones establecidas en la Orden reguladora y en el resto de la normativa aplicable.

5. Justificación.

Queda establecida en el artículo 13 de la Orden 19/2012, de 24 de septiembre.

6. Notificación de la concesión de la ayuda.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses contados desde el día siguiente a la presentación por Agroseguro ante la Consejería con competencias en agricultura y ganadería de la correspondiente certificación comprensiva de las declaraciones de seguro incluidas en la misma. El vencimiento del mencionado plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

Logroño a 1 de febrero de 2024.- La Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, Noemí Manzanos Martínez.

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
7747 {"title":"Resolución 118\/2024, de 1 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria pública para el ejercicio 2024 de las subvenciones del coste de los seguros agrarios incluidos en el Plan de Seguros Agrarios Combinados 2024 (extracto)","published_date":"2024-02-07","region":"larioja","region_text":"La Rioja","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-larioja","id":"7747"} larioja BOR,BOR 2024 nº 27,Consejería de agricultura, ganadería, mundo rural y medio ambiente,Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/larioja/boa/2024-02-07/7747-resolucion-118-2024-1-febrero-consejeria-agricultura-ganaderia-mundo-rural-medio-ambiente-se-aprueba-convocatoria-publica-ejercicio-2024-subvenciones-coste-seguros-agrarios-incluidos-plan-seguros-agrarios-combinados-2024-extracto https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.