Resolución 4/2024, de 31 enero, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se dispone la publicación de las concesiones y retiradas del distintivo público de adhesión al Sistema arbitral de consumo durante el año 2023
El artículo 28.5 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, establece que la concesión del distintivo público de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo y su retirada, se publicará en el diario oficial que corresponda al ámbito territorial de la Junta Arbitral de Consumo competente para adoptar las respectivas resoluciones.
La Comunidad Autónoma de La Rioja formalizó un Acuerdo con el Instituto Nacional de Consumo por el que se procedía a la creación de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de La Rioja, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 25, de 26 de febrero de 1994.
El Decreto del Presidente 6/2023, de 1 de julio (Boletín Oficial de La Rioja número 134, de 2 de julio de 2023), por el que se modifica el número, denominación y competencias de las consejerías de la Administración General de La Comunidad Autónoma de La Rioja, atribuye a la Consejería de Salud y Políticas Sociales el ejercicio de competencias en distintas materias, entre otras, las relativas a la competencia de consumo, entre las que se incluye la gestión del Sistema Arbitral de Consumo y el funcionamiento de la Junta Arbitral (Decreto 155/2023, de 21 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Políticas Sociales).
Por todo ello, a propuesta del Presidente de la Junta Arbitral de Consumo de La Rioja, en uso de las facultades atribuidas, realiza la siguiente,
RESOLUCIÓN
Primero. Hacer público el listado de empresas a las que se ha concedido durante el año 2023 el distintivo público de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo, que son las siguientes:
Nombre | Razón social | Dirección | Localidad | |
Global del calzado | Global del calzado, SL, | Polg. Raposal, 47 | Arnedo | |
Luz y energía | Luz y energía renovable, SLU | calle Arturo Soria, 343 - planta 9 | Madrid | |
El rincón | El rincón ampliación, SL, | calle Profesor Tierno Galván, 4 | Zaragoza |
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa conforme al artículo 45.1 e) de la Ley 4/2005, de 1 de junio (BOR núm. 76, de 7 de junio), de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Contra la misma se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación, según se dispone en los artículos 10.1 a) y 46.1 y 4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio (Boletín Oficial del Estado número 167, de 14 de julio), Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Con carácter potestativo, contra la presente resolución se puede interponer recurso de reposición ante el mismo Órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Boletín Oficial del Estado número 236, de 2 de octubre). En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición interpuesto (artículo 123.2 de la Ley citada).
Logroño a 31 de enero de 2024.- La Consejera de Salud y Políticas Sociales, María Martín Díez de Baldeón.