Delegación de funciones para la celebración de matrimonio civil
Por esta Alcaldía, mediante Resolución del día 16 de enero de 2024, en uso de las atribuciones concedidas por el artículo 43.3 del Real Decreto 2586/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, ha resuelto delegar la atribución que le confiere el artículo 51 del Código Civil, con referencia a la autorización del matrimonio civil que tendrá lugar el día 9 de marzo de 2024, en el concejal Raúl Bastida Arnaiz, Expediente 5/2024.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del citado Reglamento.
San Millán de Yécora a 16 de enero de 2024.- El Alcalde-Presidente, Jaime Ruiz Pascual.