Acuerdo del pleno de 19 de enero de 2024, por el que se aprueba el texto definitivo del convenio urbanístico que afecta a la Unidad de Ejecución UE-14 del Plan General Municipal de Casalarreina
Habiéndose aprobado por Acuerdo del Pleno de fecha 19 de enero de 2024 el texto definitivo del Convenio Urbanístico de Monetarización del aprovechamiento urbanístico de la cesión de la Unidad de Ejecución UE-14 del Plan General Municipal de Casalarreina La Rioja, suscrito con Construcciones Asfe Cubillo, SL, como propietario único.
Se publica el mismo para su general conocimiento, de conformidad con el artículo 117.3 de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja.
Segundo. Aprobación definitiva del Convenio Urbanístico entre el Ayuntamiento de Casalarreina y Construcciones Asfe Cubillo, S.L. (Unidad de Ejecución UE-14).
Dada la voluntad de este Ayuntamiento de suscribir un convenio urbanístico cuya finalidad sea:
Monetarización del aprovechamiento urbanístico de la cesión de la Unidad de Ejecución UE-14 del Plan General Municipal de Casalarreina La Rioja.
A suscribir con Construcciones Asfe Cubillo, S.L.
A la vista de los siguientes antecedentes:
Documento | Fecha | |
Memoria justificativa | 24/10/2023 | |
Informe de Secretaría | 13/11/2023 | |
Texto inicial del convenio | 30/10/2023 | |
Anuncio de información pública | 20/11/2023 | |
Certificado de Secretaría de alegaciones | 05/01/2024 | |
Resolución de Alcaldía | 09/01/2024 | |
Texto definitivo del convenio (igual que inicial) | 30/10/2023 | |
Informe-Propuesta de Secretaría | 17/01/2024 | |
Dictamen de la Comisión | 19/01/2024 |
De conformidad con el artículo 22.2.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno a propuesta de la Comisión Informativa adopta por unanimidad el siguiente,
ACUERDO
Primero. Aprobar el texto definitivo del Convenio urbanístico descrito en los antecedentes.
Segundo. Notificar y emplazar a la persona/personas representantes de Construcciones Asfe Cubillo, SL, a los efectos de que se firme el Convenio urbanístico arriba referenciado.
Tercero. Publicar, tras su firma, el Acuerdo de aprobación del convenio en el Boletín Oficial de la Rioja.
Cuarto. Inscribir el contenido del convenio suscrito en el Registro de la Propiedad en los términos previstos en la legislación hipotecaria.
Quinto. Remitir electrónicamente copia del convenio, acompañada de la correspondiente memoria justificativa, al Registro Telemático del Tribunal de Cuentas.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño, La Rioja en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Casalarreina a 19 de enero de 2024.- El Alcalde-Presidente, Félix Caperos Elosúa.