Corrección de error en el nombramiento como funcionario de carrera de una plaza de Auxiliar Administrativo
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Advertido error en el nombramiento como funcionario de carrera de una plaza de Auxiliar Administrativo, publicado del Boletín Oficial de La Rioja número 11, de 16 de enero de 2024, procede su corrección en la forma siguiente:
Donde dice:
"De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.1 b) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se hace público que por Resolución de esta Alcaldía número 76/2024, de fecha 12 de enero de 2024, ha sido nombrada funcionaria de carrera en la plaza:
Auxiliar Administrativo, encuadrada en la Escala de la Administración General, Subescala Auxiliar, Grupo C Subgrupo C2, Eva María Serrano Carrilo."
Debe decir:
"De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.1 b) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se hace público que por Resolución de esta Alcaldía número 76/2024, de fecha 12 de enero de 2024, ha sido nombrada funcionaria de carrera en la plaza:
Auxiliar Administrativo, encuadrada en la Escala de la Administración General, Subescala Auxiliar, Grupo C Subgrupo C2, Eva María Serrano Carrillo."
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponerse recurso de reposición ante Excmo. Ayuntamiento de Arnedo, en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del presente anuncio. Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se hubiera recibido resolución de éste, se deberá entender desestimado y podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el órgano jurisdiccional competente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo se seis meses. Recibida la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el órgano jurisdiccional competente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses. De no interponerse recurso de reposición, podrá interponerse directamente recurso contencioso administrativo contra el presente acuerdo, ante el órgano jurisdiccional competente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses.
Arnedo a 17 de enero de 2024.- La Secretaria General, Aroa Pujada Vilches.