Resolución 42/2024, de 12 de enero, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio entre el Servicio Riojano de Salud, y la Universidad Pontificia de Salamanca, para la utilización de los centros sanitarios en la docencia de los estudiantes de la Universidad Pontificia de Salamanca
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.
Logroño a 12 de enero de 2024.- La Jefa de Servicio de Secretariado de Gobierno y Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno (Por Resolución 894/2023, de 20 de julio, de la SGT), Begoña Sáinz Martínez.
Número de Registro: 2024/0012.
Resumen del Convenio entre el Servicio Riojano de Salud, y la Universidad Pontificia de Salamanca, para la utilización de los centros sanitarios en la docencia de los estudiantes de la Universidad Pontificia de Salamanca.
Fecha de suscripción: 20 de diciembre de 2023.
Sujetos que lo suscriben:
Servicio Riojano de Salud: María Martín Díez de Baldeón - Presidenta.
Universidad Pontificia de Salamanca: Santiago García-Jalón de la Lama - Rector Magnífico - Representante legal.
Objeto del convenio: Colaboración entre el Servicio Riojano de Salud y la Universidad Pontificia de Salamanca para la realización de las siguientes acciones:
1. Permitir la realización de las practicas curriculares y extracurriculares de los estudiantes de la Universidad en los hospitales, centros de atención primaria y centros de salud mental de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
2. Fomentar la cooperación entre las instituciones que firman el convenio en el mantenimiento de la cualificación de los profesionales de la salud a su más alto nivel, cuidando de su actualización y formación continuada.
3. Facilitar que las enseñanzas universitarias de Ciencias de la Salud se utilicen en la mejora de la atención sanitaria, preservando en todo momento el concepto de prestación de servicios asistenciales.
Vigencia: Tendrá una vigencia de cuatro años a contar desde el día de su firma.