Resolución 33/2024, de 12 de enero, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio de colaboración entre la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, y el Ayuntamiento de Santo Domingo de la Calzada, para el apoyo de suelo industrial
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.
Logroño a 12 de enero de 2024.- La Jefa de Servicio de Secretariado de Gobierno y Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno (Por Resolución 894/2023, de 20 de julio, de la SGT), Begoña Sáinz Martínez.
Número de Registro: 2024/0003.
Resumen del Convenio de colaboración entre la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, y el Ayuntamiento de Santo Domingo de la Calzada, para el apoyo de suelo industrial.
Fecha de suscripción: 19 de diciembre de 2023.
Sujetos que lo suscriben:
ADER Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja: Belinda León Fernández - Consejera de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo de La Rioja y Presidenta de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja.
Ayuntamiento de Santo Domingo de la Calzada: Raúl Riaño García - Alcalde-Presidente.
Objeto del convenio: Canalizar la subvención concedida nominativamente en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2023 a favor del Ayuntamiento de Santo Domingo de La Calzada para dotar al municipio de suelo industrial debidamente urbanizado y dotado de las infraestructuras eléctricas adecuadas y suficientes, para que pueda ponerse a disposición de los potenciales destinatarios.
Obligaciones financieras:
ADER Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja: 1.000.000,00 euros.
Vigencia: Desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2026 sin perjuicio de la posibilidad de prórroga prevista en la cláusula cuarta, que establece que cuando por circunstancias no imputables al Ayuntamiento de Santo Domingo de La Calzada no pudiese completarse las actuaciones dentro del plazo previsto, se podrá solicitar una prórroga sin que el plazo límite pueda superar los cuatro años.