Resolución 26/2023, de 26 de diciembre, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Salud y Políticas Sociales (Salud) para el periodo 2024-2026
Antecedentes de hecho:
El Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Salud para el periodo 2021-2023 fue aprobado a través de la resolución de 4 de abril de 2021, y publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 67, el día 8 de abril, de ese mismo año. Este Plan Estratégico ha sido modificado en seis ocasiones a través del correspondiente procedimiento. La vigencia de este Plan finaliza el día 31 de diciembre de 2023. Es por ello que se ha redactado un nuevo Plan Estratégico de Subvenciones Consejería de Salud y Políticas Sociales (Salud) 2024-2026.
Este plan ha sido informado favorablemente por la Dirección General de Control Presupuestario con fecha 26 de diciembre de 2023.
Propuesta de resolución del Secretario General Técnico de la Consejería de Salud y Políticas Sociales de fecha 26 de diciembre de 2023.
Fundamentos de derecho:
Primero. Tanto el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como el artículo 10 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, y el artículo 178 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre de Hacienda Pública de La Rioja, se especifica la obligación, para los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, de concretar, con carácter previo, en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Segundo. Artículo 8 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, recoge también la obligatoriedad referida en el fundamento anterior y se establece que, con carácter previo a su aprobación, el Plan estratégico deberá ser informado por la Dirección General con competencias en materia de planificación presupuestaria. Del mismo modo, se significa en el mismo artículo que 'corresponderá a los Consejeros, en el ámbito propio de sus competencias, la aprobación del Plan estratégico (...) [la cual] no podrá ser objeto de delegación'.
Tercero. Decreto 155/2023, de 21 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Políticas Sociales y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
En consecuencia, la Consejera de Salud y Políticas Sociales, vistas las normas citadas y demás de común y pertinente aplicación,
RESUELVE
Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Salud y Políticas Sociales (Salud) para el periodo 2024-2026.
Ordenar la publicación y difusión de dicho Plan Estratégico de Subvenciones.
Logroño a 26 de diciembre de 2023.- La Consejera de Salud y Políticas Sociales, María Martín Díez de Baldeón.