Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria 2023 de las subvenciones destinadas al fomento de la acuicultura y de la transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura, en régimen de concesión directa (extracto)
BDNS 734259
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index)
Primero. Beneficiarios.
Pymes que ejerzan la actividad económica de acuicultura y/o transformación de los productos de la pesca y la acuicultura.
Segundo. Objeto.
Fomentar y mejorar las inversiones productivas destinadas a la acuicultura y a la transformación de los productos de la pesca y la acuicultura en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden EIE/13/2023, de 23 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas al fomento de la acuicultura y de la transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 237, de 27 de noviembre de 2023).
Cuarto. Cuantía.
Importe del crédito disponible: 400.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 14:00 horas del día 22 de marzo de 2024.
Sólo se admitirá una solicitud por empresa.
La solicitud deberá ser previa al inicio del proyecto o actividad subvencionada.
Transcurridos dos meses desde la presentación de la solicitud no se podrá incrementar el importe del presupuesto de inversión subvencionable.
Una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes no se podrá incrementar el importe del presupuesto del proyecto de inversión subvencionable.
Sexto.
Tramitación telemática de los expedientes de subvención (obligatoria), de acuerdo con la Orden 1/2017, de 7 de marzo, Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 29/2017, de 10 de marzo).
- Presentación de solicitudes: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 6, de la convocatoria.
- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 8, de la convocatoria.
Séptimo. Otros datos de interés.
- Convocatoria.- Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es).
- Procedimiento de concesión.- La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.
Logroño a 20 de diciembre de 2023.- El Gerente, Luis Pérez Echeguren.