Orden EDE/17/2023, de 13 de diciembre, por la que se dispone el cese de don Miguel Ángel Galán Abellán como Vicepresidente del Consejo Escolar de La Rioja
La Ley 3/2004, de 25 de junio, de Consejos Escolares de La Rioja, regula en su artículo 6 el Consejo Escolar de La Rioja como el órgano colegiado de consulta, asesoramiento y participación democrática de los sectores afectados en la programación general de la enseñanza no universitaria, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, adscribiendo el mismo a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de educación, aunque no forme parte de su estructura orgánica.
El artículo 10.3 de la mencionada ley en relación con el artículo 9.3 a) determinan como una de las causas de cese del Vicepresidente del Consejo Escolar la renuncia por escrito ante el Consejero competente en materia de educación.
Finalmente, el artículo 12.4 del Decreto 65/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Escolar de La Rioja establece que dicho cese se realizará por Orden del Consejero competente en materia de educación, que se publicará en el Boletín Oficial de La Rioja.
Por lo expuesto, en uso de las atribuciones que le vienen conferidas por la vigente legislación, este Consejero de Educación y Empleo,
DISPONE
Artículo único. Se acuerda disponer el cese, a petición propia, de don Miguel Ángel Galán Abellán como Vicepresidente del Consejo Escolar de La Rioja, agradeciéndole los servicios prestados.
Disposición final única. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño a 13 de diciembre de 2023.- El Consejero de Educación y Empleo, Alberto Galiana García.