Resolución 1751/2023, de 24 de octubre, de la Direción General de Justicia e Interior, por la que se resuelve el concurso de traslados convocado por Resolución de 25 de enero de 2023, en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de La Rioja

De conformidad con lo establecido en los artículos 51, 52 y 53 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, y en la Resolución de 25 de enero, de la Dirección General de Justicia e Interior, de la Consejeria de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo genéricos en Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de La Rioja, esta Dirección General de Justicia e Interior,

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ACUERDA

Primero. Resolver el concurso de traslado adjudicando los puestos convocados al personal funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo de Médicos Forenses que se relaciona en el Anexo I.

Segundo. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de localidad del personal funcionario, ocho días hábiles si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma y veinte días hábiles si implica cambio de Comunidad Autónoma, a excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será un mes tanto si el puesto de trabajo es el de origen como si es el de destino. Cuando el personal adjudicatario de plaza obtenga con su toma de posesión el reingreso en el servicio activo, el plazo será de veinte días hábiles.

Para el personal funcionario que esté desempeñando un puesto de trabajo en comisión de servicio, a efectos de plazos posesorios, se entenderá por localidad del personal funcionario aquella en la que esté prestando servicios efectivamente.

El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial del Estado.

Quienes se encuentren desempeñando una comisión de servicio no será necesario que se desplacen al órgano de origen que tengan reservado para formalizar el cese, pudiendo realizarlo en el órgano en el que estén prestando la comisión; para ello, la Administración hará llegar los documentos al órgano en el que se encuentren desempeñando la comisión.

Si la resolución comporta reingreso al servicio activo desde las situaciones de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión de funciones, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto de la plaza obtenida en el concurso.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias, incluidos los de vacaciones, que hayan sido concedidos a los interesados.

Tercero. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante la Consejera de Salud y Políticas Sociales del Gobierno de La Rioja, de acuerdo con los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 24 de octubre de 2023.- La Directora General de Justicia e Interior, Tanía Saez Martínez.

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