Ayuntamiento de uruñuela - Otras disposiciones (BOR nº 2023-229)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 3/2023
Aprobado definitivamente el expediente de modificación de crédito número 3/2023, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo, para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Bajas en aplicaciones de gastos:
Aplicación | |||||
Progr. | Econ. | Descripción | Créditos iniciales | Créditos a transferir | Créditos finales* |
925 | 609 | Obras en infraestructuras y bienes destinados al uso general | 153.864,00 | 120.800,00 | 9.864,00 |
Total | 153.864,00 | 120.800,00 | 9.864,00 |
*(teniendo en cuenta la modificación de crédito 4 /2023 por importe de 23.200 )
Altas en aplicaciones de gastos:
Aplicación |
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Progr. | Econ. | Descripción | Créditos iniciales | Créditos a incorporar | Créditos finales |
153 | 131 | Personal Laboral Temporal | 22.520,00 | 12.700,00 | 35.220,00 |
450 | 610 | Actuaciones emergencia tormentas junio 2023 | 0,00 | 22.900,00 | 22.900,00 |
336 | 619 | Reposición infraestructuras Iglesia | 16.801,00 | 10.560,00 | 27.361,00 |
342 | 227 | Trabajos realizados por otras empresas. Piscinas | 45.000,00 | 29.140,00 | 74.000,00 |
338 | 226 | Festejos populares | 59.000,00 | 17.000,00 | 76.000 |
160 | 210 | Alcantarillado. Reparación | 1.000,00 | 2.500,00 | 3.500,00 |
1621 | 250 | Trabajos realizados por otras empresas Consorcio | 55.000,00 | 12.000,00 | 67.000,00 |
165 | 221 | Suministro alumbrado | 30.000,00 | 14.000,00 | 44.000,00 |
Total | 120.800,00 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja con sede en Logroño, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Uruñuela a 13 de noviembre de 2023.- El Alcalde-Presidente, Carmelo Benito Guinea Pascual.