Consejería de cultura, turismo, deporte y juventud - Otras disposiciones (BOR nº 2023-221)
Resolución 16/2023, de 27 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, de concesión de la convocatoria, en el ejercicio 2023, de subvenciones a proyectos de Educación para una Ciudadanía Global
Vistos:
1. La Ley 4/2002, de 1 de julio, de Cooperación para el Desarrollo.
2. El Decreto 54/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 145, de 17 de julio de 2023).
3. La Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo (Boletín Oficial de La Rioja número 62, de 22 de mayo de 2019).
4. La Resolución 10/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030, por la que se convocan para el ejercicio 2023, las subvenciones a proyectos de educación para una ciudadanía global referidas en el artículo 2.2 de la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo (Boletín Oficial de La Rioja número 107, de 26 de mayo de 2023).
5. La Resolución 8/2023 del Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud por la que se procede al nombramiento de la Comisión de Valoración de las subvenciones a proyectos de Educación para una Ciudadanía Global para el ejercicio 2023 convocadas por Resolución 10/2023, de 22 de mayo (Boletín Oficial de La Rioja número 185, de 12 de septiembre de 2023).
6. El informe del órgano instructor de fecha 29 de septiembre de 2023.
7. El acta de la comisión de valoración de fecha 2 de octubre de 2023.
8. Los informes de minoración del órgano instructor de los expedientes ECG/2023-C-C-ED-004 (Alianza por los Derechos, la Igualdad y la Solidaridad Internacional - APS) y ECG/2023-C-C-ED-005 (Fundación Pioneros), que se encuentran disponibles para las entidades en el programa informático de gestión de subvenciones CEX (https://ias1.larioja.org/cex/infra/indexCAR.jsp?sist=GSP).
9. La comprobación, por parte del órgano instructor, de que se cumple la obligación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social, de acuerdo al artículo 18.2 de la Orden PRE/21/2019.
10. La propuesta de resolución provisional de 3 de octubre de 2023 de la Dirección General de Cultura.
11. El informe del órgano instructor de fecha 20 de octubre de 2023 relativo a la no presentación de alegaciones.
12. La Propuesta de Resolución Definitiva de Concesión de fecha 23 de octubre de 2023 de la Dirección General de Cultura.
13. El informe favorable de la Intervención Delegada de fecha 26 de octubre de 2023.
A la vista de los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho, el Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, en el uso de las facultades atribuidas,
RESUELVE
Primero. Conceder las siguientes subvenciones por un importe total de 142.049,05 euros a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo para la financiación de los proyectos de Educación para una Ciudadanía Global, que a continuación se detallan (Anexo I).
Segundo. Las subvenciones por importe de 142.049,05 euros se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 13.03.1421.480.02 del presupuesto de gastos de la Dirección General de Cultura, con el siguiente desglose por anualidades (Anexo II).
Tercero. Excluir a los siguientes proyectos, por cuanto han obtenido una puntuación inferior a los 55 puntos de acuerdo al punto 4.1 del Anexo II de la Orden PRE/21/2019 (Anexo III).
Cuarto. Redistribuir la aprobación del gasto relativo a la convocatoria para el ejercicio 2023, de las subvenciones a proyectos de educación para la ciudadanía global, cuyo importe asciende a 210.000,00 euros financiado con cargo a la aplicación presupuestaria 13.03.1421.480.02 de la Dirección General de Cultura, con la siguiente distribución estimativa (Anexo IV).
Por el siguiente importe: 142.049,05 euros, de acuerdo con la siguiente distribución (Anexo V).
Quinto. Proceder, conforme a la redistribución del gasto, a la emisión de los siguientes documentos contables:
- Doc. contable A/ por importe de 9.368,56 euros con cargo a la partida 2023/13.03.1421.480.02
- Doc. contable A/ por importe de 48.400,74 euros con cargo a la partida 2024/13.03.1421.480.02
- Doc. contable A/ por importe de 10.181,65 euros con cargo a la partida 2025/13.03.1421.480.02
Sexto. Disponer el gasto total de 142.049,05 euros, que implica la concesión de estas subvenciones a cargo del presupuesto de la Dirección General de Cultura, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.03.1421.480.02 y de acuerdo al siguiente desglose por anualidades: (Anexo VI).
Séptimo. Liberar el crédito correspondiente al expediente de gasto con referencia de intervención 2023.GG.13.252, por cuantía 67.950,95 euros y con cargo a la aplicación presupuestaria 13.03.1421.480.02.
Octavo. La percepción de la ayuda por las entidades beneficiarias supone la asunción por parte de las mismas de las obligaciones y compromisos establecidos en la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo, modificada por la Orden IPA/76/2022, de 4 de noviembre.
Noveno. Publicar la presente resolución en los términos establecidos en el artículo 18.1 relativo a la publicidad de las subvenciones concedidas del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del Régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición potestativo ante el Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1, apartado a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Logroño a 27 de octubre de 2023.- El Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, José Luis Pérez Pastor.