Ayuntamiento de lardero - Otras disposiciones (BOR nº 2023-216)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 3/2023
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y del artículo 20.3 en relación con el 40 del Real Decreto 500/1990 de 20 de abril, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público (Boletín Oficial de La Rioja número 158, de 3 de agosto de 2023), ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario del Ayuntamiento de Lardero de fecha 26 de julio de 2023, de aprobación de la Modificación Presupuestaria número 3/2023 mediante la modalidad de suplemento de credito publicándose, en cumplimiento de la normativa de aplicación, resumido por capítulos:
Alza en aplicaciones de gasto:
Capítulo | Denominación | Importe/euros |
6 | Inversiones | 540.000,00 |
9 | Pasivos financieros | 1.350.000,00 |
Alta en concepto de ingresos:
Capítulo | Denominación | Importe/euros |
8 | Remanente Liquido de Tesoreria | 1.650.000,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 171.1 del TRLRHL los interesados a que se refiere el artículo 170 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Lardero a 25 de octubre de 2023.- La Alcaldesa-Presidenta, Isabel Barceló Martinez.