Ayuntamiento de uruñuela - Otras disposiciones (BOR nº 2023-196)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos 1/2023
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Bajas en Aplicaciones de Gastos:
Aplicación |
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Progr. | Económica | Descripción | Créditos iniciales | Créditos a transferir | Créditos finales |
1522 | 480 | Familias e instituciones sin ánimo de lucro | 3.000,00 | 2.661,00 | 339,00 |
920 | 227 | Trabajos realizados por otras empresas | 13.000,00 | 2.339,00 | 10.661,00 |
Total | 16.000,00 | 5.000,00 | 11.000,00 |
Altas en Aplicaciones de Gastos:
Aplicación |
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Progr. | Económica | Descripción | Créditos iniciales | Créditos a incorporar | Créditos finales |
4311 | 226 | Uruñuela Calidad | 20.000,00 | 5.000,00 | 25.000,00 |
Total | 20.000,00 | 5.000,00 | 25.000,00 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja con sede en Logroño, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Uruñuela a 25 de septiembre de 2023.- El Alcalde-Presidente, Carmelo Benito Guinea Pascual.