Consejería de educación y empleo - Otras disposiciones (BOR nº 2023-188)
Resolución 11/2023, de 4 de septiembre, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que hayan realizado permanencia extraordinaria en el primer ciclo de educación infantil durante el curso 2022-2023, en centros autorizados por la Consejería competente en materia de educación para impartir dichas enseñanzas (extracto)
BDNS: 713995
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/713995).
Primero. Beneficiarios.
Serán beneficiarios de estas ayudas el padre, la madre, el tutor o el representante legal de los alumnos que, en el curso 2022-2023, hayan permanecido escolarizados de forma extraordinaria en alguno de los centros a que hace referencia el artículo 1 de la Orden EDU/41/2018, de 25 de junio, y que cumplan con los requisitos establecidos en dicha Orden.
Segundo. Objeto.
Financiación, al menos parcial, de los gastos derivados de la permanencia extraordinaria en primer ciclo de Educación Infantil de alumnos con necesidad específica de apoyo educativo no contemplados en la Resolución 153/2022, de 17 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convocan las ayudas correspondientes al bono infantil, destinado a la escolarización del alumnado de 0 a 3 años, matriculado en escuelas de titularidad municipal y en centros docentes autorizados para impartir el Primer Ciclo de Educación Infantil de la Comunidad Autónoma de La Rioja, durante el curso 2022/2023.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden EDU/41/2018, de 25 de junio, por la que se establecen las bases reguladores de concesión de ayudas para la permanencia extraordinaria en el primer ciclo de educación infantil, del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, en centros autorizados por la Consejería competente en materia de educación, para impartir dichas enseñanzas.
Cuarto. Cuantía.
Total de la subvención: 3.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sexto. Otros datos de interés.
- Solicitudes:
El Anexo Solicitud estará a disposición de los interesados en la siguiente dirección de internet (www.educarioja.org) en el apartado de Atención a la Diversidad.
- Presentación de solicitudes:
Las solicitudes se presentarán en los lugares establecidos en el artículo 6 de la Orden EDU/41/2018, de 25 de junio.
- Documentación:
La prevista en el artículo 5.2 de la Orden EDU/41/2018, de 25 de junio. Dado el momento de la convocatoria, se deberá aportar los justificantes de pago o copias de recibo bancarios del abono de las cuotas mensuales correspondientes al periodo de permanencia extraordinaria en el centro, tal y como señala el artículo 9.1 de la Orden EDU/41/2018, de 25 de junio.
Logroño a 4 de septiembre de 2023.- El Consejero de Educación y Empleo, Alberto Galiana García.