Consejería de educación y empleo - Otras disposiciones (BOR nº 2023-187)
Resolución 11/2023, de 11 de septiembre, de la Consejería de Educación y Empleo, para la concesión de subvenciones a entidades locales municipales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el funcionamiento de las escuelas municipales de música en el curso escolar 2022/2023
Antecedentes de hecho:
Primero. Resolución 105/2023, de 3 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convocan subvenciones para Entidades Locales Municipales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el funcionamiento de las Escuelas Municipales de Música durante el curso escolar 2022/2023. (Boletín Oficial de La Rioja número 116, de 8 de junio)
Segundo. La documentación presentada por las Entidades Locales Municipales, conforme al artículo 37 de la Orden 3/2007, de 7 de febrero.
Tercero. Acta de la Comisión de Valoración, prevista en la Orden 3/2007, celebrada el día 7 de julio de 2023 (Firma electrónica de 10 de julio de 2023).
Cuarto. Informe de la Comisión de Valoración de fecha 10 de julio de 2023.
Quinto. Resolución de Concesión Provisional de fecha 10 de julio de 2023.
Sexto. Informe propuesta de la Dirección General de Gestión Educativa de fecha 31 de agosto de 2023.
Séptimo. Informe de Intervención Delegada de fecha 4 de septiembre de 2023.
Fundamentos de derecho:
Primero. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Boletín Oficial del Estado número 276, de 18 de noviembre).
Segundo. Ley 16/2022, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2023 (Boletín Oficial de La Rioja, número 250, de 30 de diciembre).
Tercero. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Boletín Oficial del Estado número 176, de 25 de julio).
Cuarto. Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 25, de 21 de febrero).
Quinto. Decreto del Presidente 6/2023, de 1 de julio, por el que se modifica el número, denominación y competencias de las consejerías de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja. (Boletín Oficial de La Rioja número 134, de 2 de julio).
Sexto. Decreto 53/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 145, de 17 de julio).
Séptimo. Orden 3/2007, de 7 de febrero de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de promoción educativa (Boletín Oficial de La Rioja número 22, de 15 de febrero).
Octavo. Resolución 6/2021, de 11 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Innovación Educativa, para el periodo 2021-2023 (Boletín Oficial de La Rioja número 52, de 15 de marzo).
En consecuencia, el Consejero de Educación y Empleo,
RESUELVE
Primero. Conceder subvención a las siguientes Entidades Locales Municipales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la financiación parcial de los gastos generales de las Escuelas Municipales de Música para el curso escolar 2022/2023 de acuerdo con el siguiente desglose:
Ayuntamiento | NIF | Ppto. subvencionable/euros | Total | % | Concedido/euros |
Ayuntamiento de Logroño | P2608900C | 269.632,20 | 9,00 | 80,00% | 5.000,00 |
Ayuntamiento de Alfaro | P2601100G | 103.700,00 | 8,50 | 75,56% | 5.000,00 |
Ayuntamiento de Rincón de Soto | P2612500E | 46.500,00 | 8,50 | 75,56% | 5.000,00 |
Ayuntamiento de Autol | P2602100F | 70.221,38 | 8,00 | 71,11% | 5.000,00 |
Ayuntamiento de Pradejón | P2611700B | 70.265,53 | 8,00 | 71,11% | 5.000,00 |
Ayuntamiento de Aldeanueva de Ebro | P2600800C | 31.928,52 | 7,50 | 66,67% | 5.000,00 |
Ayuntamiento de San Asensio | P2612900G | 40.000,00 | 6,75 | 60,00% | 5.000,00 |
Segundo. Disponer un gasto de treinta y cinco mil euros (35.000,00 euros) con cargo a la partida presupuestaria 2023.GG.08.07.3211.461.00 formalizándose el correspondiente documento contable D, de acuerdo con el cuadro anterior.
Tercero. Considerar esta propuesta como definitiva, dado que no han sido tenidos en cuenta otros datos que los establecidos en la solicitud y que los beneficiarios han obtenido el importe máximo que pueden recibir, según lo dispuesto en la Resolución de convocatoria.
Cuarto. Para la percepción de la subvención concedida, el beneficiario deberá justificar -teniendo de plazo hasta el 29 de septiembre de 2023, incluido- haber realizado un gasto en la actividad objeto de subvención de una cantidad igual o superior a la del presupuesto material de ejecución presentado por parte de las Entidades Locales Municipales de la Comunidad Autónoma de La Rioja junto con sus solicitudes, y considerado como subvencionable en los términos establecidos en la Orden 3/2007.
Quinto. Trasladar la presente Resolución a la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad digital y Portavocía del Gobierno a los efectos oportunos.
Sexto. Notificar la presente Resolución a los beneficiarios.
Séptimo. Los beneficiarios de las presentes ayudas deberán someterse a las actuaciones de comprobación que establezca la Consejería de Educación y Empleo, y deberán comunicar a la Dirección General de Gestión Educativa la obtención de otras ayudas para la misma finalidad.
Octavo. Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Empleo, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Logroño a 11 de septiembre de 2023.- El Consejero de Educación y Empleo, Alberto Galiana García.