Ayuntamiento de bergasa - Otras disposiciones (BOR nº 2023-177)

Requerimiento al titular para retirada de vehículo de la vía pública

No habiéndose podido practicar la notificación personal al propietario del vehículo abandonado en Bergasa, en el Barrio Cortijo de Bergasa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se notifica a dicho interesado orden para la retirada del vehículo de la vía pública.

- Titular: no se conoce

- Matrícula: S-7574-AK

- Tipo: Turismo

- Marca/Modelo: Renault Megane

Que ha permanecido estacionado en la calle Constitución de esta localidad por plazo superior a un mes y del que según denuncia de la Guardia Civil consta como titular, se le requiere para que, en el plazo de 15 días, proceda a retirar el citado vehículo con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su tratamiento como residuo doméstico y traslado al Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y descontaminación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos, de conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advirtiéndose que se trata de un acto de trámite y como tal no procede la interposición de recursos contra el mismo.

No obstante, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer el recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes; el plazo máximo para dictar y notificar la Resolución será de un mes, desde su interposición (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Bergasa a 29 de agosto de 2023.- El Alcalde-Presidente, Luis Argaiz Eguizabal.

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