Ayuntamiento de fuenmayor - Autoridades y personal (BOR nº 2023-169)

Resolución de Alcaldía de 17 de agosto de 2023, de creación de bolsa de empleo en el marco del proceso selectivo para la cobertura por personal laboral fijo de una plaza de Educador de la Escuela Infantil de Fuenmayor

Visto el proceso selectivo para la provisión por personal laboral fijo, de una plaza vacante de Educador de Escuela Infantil, mediante el sistema de concurso-oposición por turno libre, Grupo C, Subgrupo C1, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 87, de 9 de mayo de 2022 y en el Boletín Oficial del Estado número 116, de 16 de mayo de 2022.

Teniendo en cuenta que la convocatoria planteaba la cobertura de una plaza de Educador de escuela infantil del Ayuntamiento de Fuenmayor, que se incluyó en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2021, aprobada por Resolución de Alcaldía de 9 de noviembre de 2021 y publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 226, de 17 de noviembre de 2021. Grupo C, Subgrupo C1.

Atendido que mediante Resolución de Alcaldía de 6 de octubre de 2022 publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 196, de 11 de octubre de 2022 se aprobó la relación provisional de admitidos y excluidos.

Visto que se efectuó corrección de errores mediante publicación en el Boletín Oficial de La Rioja número 199, de 17 de octubre de 2022.

Teniendo en cuenta que, mediante Resolución de Alcaldía de 27 de octubre de 2022, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 209, de 31 de octubre de 2022, se aprobó la relación definitiva de admitidos y excluidos, convocando a los miembros del Tribunal para la constitución y valoración de méritos el día 9 de noviembre de 2022.

Vista la valoración de los méritos aportados por los solicitantes, de conformidad con lo establecido en las Bases y asignadas las puntuaciones correspondientes por el Tribunal del Procedimiento, con la publicación en la sede electrónica municipal.

Vista la celebración del primer ejercicio efectuada con fecha 16 de diciembre de 2022, así como la corrección de los ejercicios realizada por el Tribunal del proceso selectivo.

Vista la realización del segundo ejercicio celebrado con fecha 10 de febrero de 2023 con la corrección y valoración efectuada por el Tribunal del proceso selectivo.

Teniendo en cuenta la propuesta de nombramiento efectuada por los integrantes del órgano de selección.

Atendido que las Bases establecían la configuración de una bolsa de Empleo:

Undécima. Constitución de bolsa de empleo.

Se constituirá una bolsa de empleo con las personas que obtengan al menos 8,50 puntos en el proceso selectivo, considerándose a estos efectos tanto la fase de oposición, como la fase de concurso. Esta bolsa de empleo podrá ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente debidas a acumulación de tareas, sustitución de vacaciones, bajas por enfermedad, maternidad, excedencias, etc. La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida, colocándose en primer lugar el candidato con mayor puntuación en el proceso selectivo y que no haya sido seleccionado/contratado para la cobertura de plaza. El orden para la incorporación en la Bolsa de Trabajo, será el resultante de la suma de la fase de concurso y la fase de oposición.

El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por orden de la lista, teniendo preferencia las mayores puntuaciones, y en consecuencia los aspirantes que figuren en primer lugar de la bolsa en cada momento.

La primera renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la primera renuncia durante la vigencia del contrato, no dará lugar a la exclusión de la Bolsa de Trabajo, pero ocasionará un cambio de lugar del puesto, dentro de la misma, pasando a ocupar el último puesto como integrante de la Bolsa. La segunda renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la segunda renuncia durante la vigencia del contrato, dará lugar a la exclusión definitiva a la Bolsa de Trabajo.

Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el mantenimiento dentro de la Bolsa de Trabajo, pasando al último lugar hasta que vuelva a comunicarse formalmente al Ayuntamiento de Fuenmayor la disponibilidad:

- Estar en situación de ocupado, prestando servicios en el Ayuntamiento o en cualquier otra Administración Pública, como personal contratado, en cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario interino.

- Estar en situación de Suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad acreditada por facultativo que exija la lactancia natural de menores de nueve meses. La acreditación documentada de la finalización de tal circunstancia dará lugar a la reposición en el mismo lugar del orden de lista en las Bolsas de Trabajo en que se encontrará la persona afectada.

- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.

- La segunda renuncia a un puesto de trabajo durante su desempeño, independientemente de los motivos y justificaciones, incluido el llamamiento para otra Administración Pública, implicará la exclusión definitiva del candidato.

Las personas incluidas en la Bolsa de Trabajo tendrán que presentar datos personales suficientes que permitan su pronta localización, siendo responsables de que estén actualizados en todo momento.

Una vez realizado el intento de localización por medio de la comunicación telefónica, la telegráfica con acuse de recibo o el correo electrónico con acuse de recepción, si no fuese posible el contacto en veinticuatro horas se acudirá a la persona siguiente. Si se opta por la comunicación telefónica, se realizarán un mínimo de tres intentos de contacto, con intervalos de 120 minutos entre cada llamada. Pasadas 24 horas del primer intento de notificación se entenderá rechazada la oferta y se pasará al siguiente ejercicio.

Quedará anotación escrita de lo que se indica en este número en el servicio correspondiente, dándose traslado inmediato de informe escrito al Secretario de la Corporación para conocimiento y constancia.

La persona integrante de la Bolsa de Trabajo que reciba propuesta de oferta de trabajo, en los términos descritos anteriormente, deberá proceder a la aceptación o rechazo de la misma, en un periodo máximo de 24 horas, salvo que por circunstancias excepcionales o de fuerza mayor.

Esta bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de cinco años. Los candidatos contratados a través de la bolsa por el Ayuntamiento de Fuenmayor, una vez que finalicen la contratación temporal que se efectúe, volverán a ocupar su lugar en la bolsa, para futuras contrataciones.

Visto lo dispuesto en el artículo 20.1 del Real Decreto 364/1995, las Bases aprobadas por Resolución Alcaldía de 5 de noviembre de 2021 y el artículo 21.1g de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, de conformidad con el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el artículo 33 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

RESUELVO

Primero. Aprobar la constitución de una Bolsa de Empleo del proceso selectivo para la provisión por personal laboral fijo, de una plaza vacante de Educador de Escuela Infantil, mediante el sistema de concurso-oposición por turno libre, Grupo C, Subgrupo C1, de conformidad con la convocatoria está efectuada en el Boletín Oficial de La Rioja número 87, de 9 de mayo de 2022 y en el Boletín Oficial del Estado número 116, de 16 de mayo de 2022, y con una vigencia máxima de cinco años desde la publicación de la presente constitución de la bolsa y cuyo funcionamiento se regirá por las bases publicadas, pudiendo ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente debidas a acumulación de tareas, sustitución de vacaciones, bajas por enfermedad, maternidad, excedencias, etcétera. La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida, colocándose en primer lugar el candidato con mayor puntuación en el proceso selectivo y que no haya sido seleccionado/contratado para la cobertura de plaza.


      Nombre DNI Puntuación
1     Lara Cristóbal, Sheila ***1624** 30,00
2     Grandes Hernán, María ***8958** 27,16
3     Mateo González, Belinda ***6116** 15,20
4     Sáenz Martínez, Cristina ***1729** 15,10
5     Menéndez García, Paloma ***5996** 13,90
6     Iglesias Daparte, Raquel ***2819** 13,60
7     Murillo Saseta, Katia ***1090** 13,50
8     Pérez García, María Laura ***8093** 12,82
9     Marques Bruna, Patricia María      ***8104** 11,90
10     Saenz García, Debora ***2522** 11,80
11     Fernández Delgado, Mónica ***5947** 11,10
12     Vílchez Fernández, Patricia ***4539** 11,00
13     Díaz Jiménez, Mónica ***6775** 10,50
14     Luengo Muru, Cristina ***0238** 10,41
15     Vitoriano Beistegui, Saioa ***8716** 10,30
16     Nalda Sáenz, Marta ***0596** 9,98
17     Díaz Oliván, Patricia ***1215** 9,12
18     García Cañas, Lucía ***9051** 9,00
19     Gamarra González, Karla ***3412** 8,80
20     Sáenz Chaves, Lucía ***1534** 8,50
21     Loza Sainz, Esther ***4498** 8,50

Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de La Rioja, a los efectos legales oportunos.

Fuenmayor a 17 de agosto de 2023.- El Alcalde-Presidente, Alberto Peso Hernáiz.

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