Mancomunidad de aguas de las cinco villas - Otras disposiciones (BOR nº 2023-160)
Aprobación definitiva del presupuesto general para el año 2023
Por el Pleno de la Mancomunidad de las Cinco Villas, en sesión ordinaria de 13 de abril de 2023, se aprobó el presupuesto general para el ejercicio 2023, junto con sus bases de ejecución y plantilla de personal. Acuerdo que es definitivo por no haber reclamación o sugerencia alguna en el plazo de exposición al público.
De conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
Resumen del presupuesto general para el año 2023:
Estado de gastos | ||
Capítulo | Denominación | Importe/euros |
A) Operaciones no Financieras | 114.773,21 | |
A.1. Operaciones Corrientes | 19.180,79 | |
1 | Gastos de Personal | 2.030,79 |
2 | Gastos Corrientes en Bienes y Servicios | 17.150,00 |
3 | Gastos Financieros | 0,00 |
4 | Transferencias Corrientes | 0,00 |
5 | Fondo de Contingencia | 0,00 |
A.2. Operaciones de Capital | 95.592,42 | |
6 | Inversiones Reales | 95.592,42 |
7 | Transferencias de Capital | 0,00 |
B) Operaciones Financieras | 0,00 | |
8 | Activos Financieros | 0,00 |
9 | Pasivos Financieros | 0,00 |
Total gastos | 114.773,21 | |
Estado de ingresos | ||
Capítulo | Denominación | Importe/euros |
A) Operaciones no Financieras | 114.773,21 | |
A.1. Operaciones Corrientes | 19.180,79 | |
1 | Impuestos Directos | 0,00 |
2 | Impuestos Indirectos | 0,00 |
3 | Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos | 0,00 |
4 | Transferencias Corrientes | 19.180,79 |
5 | Ingresos Patrimoniales | 0,00 |
A.2. Operaciones de Capital | 95.592,42 | |
6 | Enajenación de Inversiones Reales | 0,00 |
7 | Transferencias de Capital | 95.592,42 |
B) Operaciones Financieras | 0,00 | |
8 | Activos Financieros | 0,00 |
9 | Pasivos Financieros | 0,00 |
Total ingresos | 114.773,21 |
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Alesanco a 1 de julio de 2023.- El Presidente, Aurelio Cantera Montoya.