Ayuntamiento de fuenmayor - Otras disposiciones (BOR nº 2023-160)

Aprobación de los precios públicos de la ludoteca de verano

Teniendo en cuenta la aprobación definitiva de la ordenanza general reguladora de los precios públicos del Ayuntamiento de Fuenmayor, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 92, de 27 de julio de 2020.

Vista la necesidad de regular el precio público relativo a la ludoteca de verano, organizada por el Ayuntamiento de Fuenmayor, dadas las características de las mismas, y para la cobertura de los costes previstos.

Teniendo en cuenta que los costes son estimados y que podría ser necesario efectuar ajustes en el futuro.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en:

- Los artículos 41 al 47 y 127 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

- Los artículos 24 al 27 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.

- Los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Teniendo en cuenta las características del contrato licitado y sus costes económicos:

Atendido que existe un coste estimado máximo de 35.000,00 euros + I.V.A.

Atendido que se cuenta con subvención del Gobierno de La Rioja por importe de 18.020,50 euros.

Atendido que el resto de costes estimados deberán sufragarse por los usuarios.

Teniendo en cuenta que los ingresos de los usuarios en el ejercicio 2022 ascendieron a unos 9.600,00 euros, con unos precios ligeramente inferiores a los establecidos para 2023.

Teniendo en cuenta que la subvención de La Comunidad Autónoma de La Rioja del ejercicio 2022 ascendió a 11.284,32 euros, por lo que el déficit directo generado ascendió a 1.970,26 euros, sin perjuicio de los costes indirectos de suministros, actividad administrativa, etc. que incidirían en el incremento de dicho déficit.

Teniendo en cuenta que el contrato se encuentra adjudicado en 30.800,00 euros + I.V.A., por lo que el coste máximo estimado para el Ayuntamiento de Fuenmayor será de 37.268,00 euros, sin perjuicio de la ocupación real que se produzca semanalmente y el número de monitores efectivo que sea preciso que presten sus funciones.

Teniendo en cuenta que el coste de limpieza para los meses de verano está establecido en 2.555,52 euros.

Teniendo en cuenta que con los precios públicos propuestos se estiman unos ingresos de 11.000 euros aproximadamente.

Vistos los usuarios existentes en el verano de 2022, con la estimación de monitores:

- junio 2022: 19 usuarios. (2 monitores. 1 semana)

- julio 2022: 54 usuarios. (4 monitores. 4 semanas)

- agosto 2022: 40 usuarios. (3 monitores. 4 semanas)

- septiembre 2022: 42 usuarios. (3 monitores. 1 semana)

Teniendo en cuenta que el objeto del contrato incluye la prestación del servicio por los monitores necesarios hasta un máximo de 75 menores usuarios, con las titulaciones necesarias, de conformidad con las exigencias de la subvención del Plan Corresponsables del Gobierno de la Rioja. El contrato incluye el material fungible necesario para el desarrollo de las actividades. El horario de prestación será lunes a viernes de 7:30 a 15:00 horas, entre el 26 de junio de 2023 y el 6 de septiembre de 2023, exceptuándose los días festivos, lo que resulta un total de 52 días.

Atendido que la previsión es de un máximo de cinco monitores diarios y un mínimo de dos monitores diarios. La concreción de los monitores necesarios se realizará en función de las inscripciones de los menores en cada período, cumpliendo los ratios normativamente establecidos.

Atendido que se justifica un ligero coste incrementado para usuarios no empadronados, por los mayores costes de gestión que se originan en la inscripción, gestión de cobros, etc. ante los datos ya existentes en las dependencias municipales de aquellos usuarios vecinos del municipio de Fuenmayor, por lo que la diferenciación de tarifas se fundamenta en dichas circunstancias objetivas de incremento de costes de gestión.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, la Junta de Gobierno Local, tras el examen, debate y deliberación, por unanimidad,

ACUERDA

Primero. Aprobar el siguiente precio público para la ludoteca de verano y que permanecerá en vigor hasta su modificación:

Tarifas 2023:

       Empadronados/euros      No empadronados/euros
  Día: 10,00 12,00
  Semana: 45,00 55,00
  Quincena: 80,00 95,00
  Mes: 145,00 170,00
  3 días de septiembre:     27,00 33,00

No se efectúan distinciones de edad, situación económica o personal, discapacidad, o cualquier otra circunstancia, no estableciéndose exenciones ni bonificaciones.

Está establecida la prioridad para familias monoparentales, víctimas de violencia de género u otras formas de violencia contra la mujer, mujeres en situación de desempleo de larga duración, mujeres mayores de 45 años, familias que tengan cargas familiares y necesiten conciliación de vida familiar y laboral.

La obligación de pagar el precio público nace al inscribirse como usuario de la actividad. No procederá la devolución del precio público por inasistencia u otras circunstancias.

Segundo. En lo no previsto en el presente acuerdo se estará a lo dispuesto en la Ordenanza General de Precios Públicos del Ayuntamiento de Fuenmayor.

Tercero. Publicar anuncio del presente acuerdo en el Tablón de Edictos Municipal y en el Boletín Oficial de La Rioja con indicación de recursos.

Fuenmayor a 3 de agosto de 2023.- El Alcalde-Presidente, Alberto Peso Hernaiz.

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