Consejería de hacienda, gobernanza pública, sociedad digital y portavocía del gobierno - Autoridades y personal (BOR nº 2023-159)
Resolución 262/2023, de 2 de agosto, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se delega en los Consejeros la competencia para aprobar los convenios y protocolos
En uso de las atribuciones conferidas, se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 28 de julio de 2023, cuyo texto se transcribe a continuación:
'Acuerdo de Consejo de Gobierno por el que se delega en los Consejeros la competencia para aprobar convenios y protocolos generales de actuación.
El Consejo de Gobierno,
ACUERDA
Primero. Se delega en los Consejeros, en el ámbito de sus atribuciones, la competencia para aprobar los convenios y protocolos generales de actuación que celebre la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja con sujetos de derecho público o con entidades privadas, y sus correspondientes adendas en su caso.
Segundo. Se delega en los Consejeros, en el ámbito de sus atribuciones, la competencia para aprobar los convenios y protocolos generales de actuación que celebren los Organismos Públicos vinculados o dependientes de su Consejería con sujetos de derecho público o con entidades privadas, y sus correspondientes adendas en su caso.
Tercero. El Consejo de Gobierno se reserva la competencia para la aprobación de convenios y protocolos generales en los siguientes casos:
a) Los convenios que de conformidad con lo previsto en el artículo 12 d) de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros, en relación con el artículo 14 del Estatuto de Autonomía de La Rioja deban ser firmados por el Presidente del Gobierno.
b) Los convenios y protocolos generales cuyo contenido afecte a la competencia de más de una Consejería, de acuerdo con lo establecido en los decretos de atribución de funciones administrativas.
c) Los convenios y protocolos generales que se celebren entre la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos, o entre dichos Organismos Públicos entre sí.
d) Los convenios cuyas estipulaciones económicas totales, de conformidad con lo establecido en las Leyes anuales de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, requieran autorización de Consejo de Gobierno, previa a la aprobación del gasto.
e) Cualquier otro convenio o protocolo general, que no reuniendo los requisitos del apartado a) de este acuerdo, se prevea que vayan a ser firmados por el Presidente del Gobierno de La Rioja, en cuyo caso, el acuerdo de aprobación facultará también para su firma.
Cuarto. En los convenios y protocolos generales en que intervengan Organismos Públicos integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Acuerdo del Consejo de Gobierno contendrá, además, la autorización a quien corresponda para la firma del documento.
Quinto. Se dejar sin efecto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de noviembre de 2019, por el que se delega la facultad para la aprobación de convenios y protocolos que celebre la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos.'
Logroño a 2 de agosto de 2023.- El Secretario General Técnico de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, Victor Manuel Garrido Cano.