Consejería de agricultura, ganadería, mundo rural y medio ambiente - Otras disposiciones (BOR nº 2023-156)

Resolución 106/2023, de 28 de julio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba la Modificación puntual número 1 del Plan Director de la Zona Regable de los Canales del Najerilla

Antecedentes de hecho:

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]

Primero. Mediante la Resolución 510/2010, de 10 de mayo; de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de La Rioja, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja de 14 de mayo de 2010, fue aprobado el Plan Director del Sistema de Riego de los canales del río Najerilla (La Rioja).

Segundo. Con fecha 2 de noviembre de 2022, la Dirección General de Desarrollo Rural y Reto Demográfico inició el procedimiento para la aprobación de la modificación puntual del Plan Director de la Zona Regable de los canales del Najerilla remitiendo a la Dirección General de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos la documentación recogida en el artículo 8 del Decreto 29/2018, de 20 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Título I 'Intervención administrativa' de la Ley 6/2017, de 8 de mayo, de protección del medio ambiente de La Rioja para el inicio del procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada. En concreto, se presentó una solicitud de inicio, el borrador de la Modificación puntual prevista y su Documento ambiental estratégico.

Tercero. la actuación planteada se trata de una modificación menor definida en el artículo 5 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental por lo que, según se establece en el ámbito de aplicación recogido en el artículo 6 de esa misma norma, debe someterse al procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada.

Cuarto. El órgano ambiental, mediante la resolución 587/2022, de 22 de diciembre, de la Dirección General de Calidad Ambiental y recursos Hídricos, formula el Informe Ambiental Estratégico de la Modificación puntual número 1 del Plan Director de la Zona Regable de los Canales del Najerilla (Boletín Oficial de La Rioja publicado el miércoles 28 de diciembre de 2022). En resumen, se considera que la Modificación puntual número 1 del Plan Director de la Zona Regable de los Canales del Najerilla no supondrá la aparición de efectos ambientales significativos que requieran la tramitación de una evaluación ambiental estratégica ordinaria, siempre y cuando se adopten las medidas protectoras y correctoras que se estipulan. En resumen se resuelve:

- No someter la Modificación puntual número 1 del Plan Director de la Zona Regable de los Canales del Najerilla, promovido por la Dirección General de Desarrollo Rural y Reto Demográfico, al procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria, de acuerdo con los resultados de las consultas efectuadas a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas, así como con los criterios establecidos a tal efecto en el anexo V de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

- Una serie de consideraciones ambientales que deberán tenerse en cuenta en las actuaciones que puedan derivarse a partir de Modificación puntual.

Quinto. Una vez analizado el Informe Ambiental Estratégico, se concluye que las consideraciones ambientales que contiene, no proponen ningún cambio de la modificación planteada.

Sexto. Autorización con fecha 18 de julio de 2023, de la Dirección Técnica de la Confederación Hidrográfica del Ebro, a los efectos de utilización del recurso, de la 'Modificación puntual número 1 del Plan Director de la Zona Regable de los Canales del Najerilla'

Fundamentos de derecho:

Primero. Ley Orgánica 3/1982, de Estatuto de Autonomía de La Rioja.

Segundo. El expediente ha sido tramitado de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la Ley 6/2017, de 8 de mayo, de protección del medio ambiente de La Rioja, el Decreto 29/2018, de 20 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Título I 'Intervención administrativa' de la Ley 6/2017, de 8 de mayo, de protección del medio ambiente de La Rioja y demás normativa general de aplicación.

Tercero. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarto. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinto. Decreto 56/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En virtud de los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y de las facultades legalmente atribuidas, la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVE

Primero. Aprobar la Modificación puntual número 1 del Plan Director de la Zona Regable de los Canales del Najerilla según Anejo a esta Resolución, cuyo Informe ambiental estratégico fue formulado mediante resolución 587/2022, de 22 de diciembre, de la Dirección General de Calidad Ambiental y recursos Hídricos (Boletín Oficial de La Rioja publicado el miércoles 28 de diciembre de 2022).

Segundo. Publicar en el Boletín Oficial de La Rioja la presente Resolución, indicando que la dirección electrónica en la que se pone a disposición del público su contenido íntegro en la información pública en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/agricultura/es/agricultura/regadios)

Tercero. Trasladar la presente Resolución a la Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua y a la Confederación Hidrográfica del Ebro.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, en su caso, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Logroño a 28 de julio de 2023.- La Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, Noemí Manzanos Martínez.


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