Consejería de hacienda, gobernanza pública, sociedad digital y portavocía del gobierno - Otras disposiciones (BOR nº 2023-153)
Resolución 910/2023, de 26 de julio, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del resumen de la Adenda al Convenio de colaboración para la financiación y gestión del programa de Hipoteca del Gobierno de La Rioja, 2020/2024, entre el Instituto de la Vivienda de La Rioja, SA, y la nueva adhesión de Bankinter, SA
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.
Logroño a 26 de julio de 2023.- La Jefa de Servicio de Secretariado de Gobierno y Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno (Por Resolución 894/2023, de 20 de julio, de la SGT), Begoña Sáinz Martínez.
Número de Registro: 2023/0342.
Resumen de la Adenda al Convenio de colaboración para la financiación y gestión del programa de Hipoteca del Gobierno de La Rioja, 2020/2024, entre el Instituto de la Vivienda de La Rioja, SA, y la nueva adhesión de Bankinter, SA.
Fecha de suscripción: 26 de junio de 2023.
Sujetos que lo suscriben:
IRVISA Instituto de la Vivienda de La Rioja: Eva María Hita Lorite - Presidenta.
Bankinter: Yolanda Gella Ferrer - Representante.
Objeto del convenio: Modificar el Convenio de colaboración que se concreta en la nueva adhesión de Banklnter, SA, en las condiciones indicadas en su oferta.
Las entidades financieras colaboradoras para la gestión y financiación del Programa de Hipoteca del Gobierno de La Rioja 2020/2024 son Abanca, Laboral Kutxa, lbercaja Banco, Caja Rural de Aragón y Banklnter, SA.
Se modifica el Anexo del Programa para incluir las condiciones financieras conforme la oferta de la entidad adherida, a saber, Banklnter, SA. Se adjunta a la presente Adenda el Programa y su Anexo con las condiciones de las entidades colaboradoras, incluida la adherida.
Se añade de forma expresa a la entidad Bankinter, SA, en las referencias que se realizan en el Expositivo II del Convenio de colaboración y en toda su redacción a las entidades financieras.
Vigencia: La presente Adenda estará en vigor a partir del día 30 de octubre de 2022.