Universidad de la rioja - Otras disposiciones (BOR nº 2023-151)
Resolución 937/2023, de 20 de julio, del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se declara inhábil, a efectos de cómputo de plazos, el periodo comprendido entre los días 7 y 18 de agosto de 2023
El calendario laboral para el Personal de Administración y Servicios de la Universidad de La Rioja vigente para el ejercicio 2023 establece como periodo vacacional estival de disfrute obligatorio el comprendido entre los días 7 y 18 de agosto de 2023, ambos inclusive. A la vista de ello, todos los centros, servicios y unidades de la Universidad de La Rioja permanecerán cerrados durante dicho periodo.
Atendiendo a las circunstancias arriba indicadas, con el objeto de facilitar el cumplimiento de los plazos establecidos en los correspondientes procedimientos administrativos con las debidas garantías y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, este Rectorado en uso de las competencias que le confiere la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 53 v) de los Estatutos de la Universidad de La Rioja,
RESUELVE
Primero. Declarar inhábil el periodo comprendido entre los días 7 y 18 de agosto de 2023, ambos inclusive, a efectos del cómputo de los plazos correspondientes a todos los procedimientos incoados cuya resolución corresponda a la Universidad de La Rioja, tanto para la presentación de solicitudes como para la realización de trámites o la resolución y notificación de los mismos.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño a 20 de julio de 2023.- El Rector, Juan Carlos Ayala Calvo.