Ayuntamiento de villamediana de iregua - Autoridades y personal (BOR nº 2023-139)
Determinación de los cargos con dedicación exclusiva o parcial y sus retribuciones. Fijación de cuantías a concejales por asistencia a órganos colegiados e indemnizaciones por razón de servicio. Asignación económica a los grupos políticos municipales
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, Ley 7/1985 de 2 de abril, se hace pública la parte dispositiva del acuerdo plenario de esta Corporación adoptado en su sesión extraordinaria de fecha 29 de junio de 2023, del siguiente tenor literal:
Primero. Determinar los cargos a los que corresponde los siguientes niveles de dedicación:
1. Alcaldía: Dedicación exclusiva.
2. Primer Teniente de Alcalde: Dedicación parcial.
3. Segundo Teniente de Alcalde: Dedicación parcial.
Segundo. Fijar las retribuciones correspondientes a los cargos señalados en el punto anterior, con efectos del 1 de julio de 2023:
1. Alcaldía: 41.000 euros brutos anuales, en 14 pagas, con dedicación exclusiva.
2. Primer Teniente de Alcalde: 30.000,00 euros brutos anuales, en 14 pagas, con dedicación parcial de un 73,17%.
3. Segundo Teniente de Alcalde: 30.000,00 euros brutos anuales, en 14 pagas, con dedicación parcial de un 73,17%.
Tercero.
- Fijar la cuantía de las asistencias por la concurrencia a Plenos, Junta de Gobierno Local, Comisiones Informativas y Mesas de Contratación, para los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni parcial en los términos del Presupuesto Municipal vigente, así como las indemnizaciones para todos los Concejales por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio su cargo de acuerdo con las normas de aplicación general para las Administraciones Públicas.
a) Por la asistencia a las sesiones del Pleno del Ayuntamiento: 60 euros por sesión.
b) Por la asistencia a las sesiones de la Junta de Gobierno Local: 60 euros por sesión.
c) Por la asistencia a las sesiones de las Comisiones Informativas: 42 euros por sesión.
d) Por la asistencia a las mesas de contratación: 42 euros por sesión.
- Fijar indemnizaciones por razón de servicio será con arreglo a la normativa en cada momento vigente sobre indemnizaciones por razón de servicios al personal al servicio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, (actualmente Decreto 42/2000, de 28 de julio).
Cuarto. Asignar a cada uno de los grupos políticos municipales que se constituyan una dotación económica que estará compuesta por un componente fijo de 800 euros mensuales y un componente variable de 30 euros en función del número de miembros de cada uno de ellos, resultando:
Grupos Políticos Municipales | Asignación fija mensual | Asignación variable mensual | Asignación total mensual | Asignación total anual |
Partido Popular 6 concejales | 800,00 | 180,00 | 980,00 | 11.760,00 |
Partido Socialista Obrero Español 5 concejales | 800,00 | 150,00 | 950,00 | 11.400,00 |
Partido Riojano + España Vaciada 1 concejal | 800,00 | 30,00 | 830,00 | 9.960,00 |
Vox- 1 concejal | 800,00 | 30,00 | 830,00 | 9.960,00 |
Total euros | 3.200,00 | 390,00 | 3.590,00 | 43.080,00 |
Villamediana de Iregua a 4 de julio de 2023.- El Alcalde-Presidente, Rubén Gutiérrez Ruiz.