Consejería de sostenibilidad, transición ecológica y portavocía del gobierno - Otras disposiciones (BOR nº 2023-131)

Resolución 1387/2023, de 22 de junio, de la Dirección General de Biodiversidad, de modificacion de la Orden STE/1/2023, de 4 de enero, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se fijan los períodos hábiles de pesca y normas relacionadas con la misma, en aguas de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el año 2023; para la adopción de medidas urgentes en aguas trucheras, mediante la ampliación del periodo de pesca en el río Cidacos

El objeto de esta Resolución es establecer las modificaciones necesarias en la ejecución del aprovechamiento del recurso pesca en la cuenca del río Cidacos, que recientemente inició el vaciado del embalse como fase final del Plan de Puesta en Carga, que asegurará un caudal circulante estable durante todo el verano, muy óptimo para la práctica de la pesca durante varíos meses en el río Cidacos, lo que puede permitir ampliar la campaña de pesca de manera sensible en dicha cuenca.

Fundamentos de derecho:

Primero. El artículo 39 del Decreto 75/2009 de 9 de octubre por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 2/2006 de 28 de febrero, de Pesca de La ríoja, establece la posibilidad de establecer medidas urgentes como la modificacion de períodos habiles de pesca o fijar limitaciones con respecto a metodos de pesca, cupos, tallas o cebos.

Segundo. Del mismo modo, el articulo 17 de la Orden STE/1/2023 establece que se podran adoptar medidas uregentes para prevenir daños a la riqueza piscícola de La ríoja por parte de la Direccion General de Biodiversidad siempre que las condiciones meteorológicas biológicas o ecológicas lo aconsejen así como autorizar excepciones a las prohibiciones reflejadas, tal y como establece la Ley de Pesca en sus artículos 39, 48 y 50, con independencia de lo establecido en los artículos anteríores y previos los informes y asesoramientos oportunos consistentes en:

a) Modificar los períodos hábiles establecidos en la presente Orden.

b) Establecer la veda total o parcial de determinadas especies o tramos de pesca.

c) Fijar limitaciones respecto a cebos autorizados, cupos de capturas

Tercero. El artículo 8.21 del Estatuto de Autonomía de La ríoja, aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, establece que corresponden a la Comunidad Autónoma de La ríoja las competencias exclusivas en Pesca fluvial y lacustre, acuicultura y caza.

Cuarto. El Decreto 55/2021, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La ríoja (Boletín Oficial de La Ríoja número 189, de 23 de septiembre de 2021, corresponde a la Dirección General de Biodiversidad la protección, conservación, fomento y aprovechamiento de las riquezas piscícola y cinegética, así como la gestión y administración de la Reserva Regional de Caza, Cotos Sociales de Caza y Cotos de Pesca.

A la vista de lo anteríormente expuesto, en uso de las atribuciones legalmente conferidas,

RESUELVO

Primero. Ampliar el período hábil de pesca de trucha común en las aguas libres trucheras del río Cidacos hasta el 31 de agosto de manera general, a excepción del río Manzanares y embalse de Enciso, que permanecen invariables en sus condiciones de aprovechamiento.

Serán de aplicación el resto de condiciones establecidas en del artículo 22 de la Orden STE/1/2023.

Segundo. Se amplía el período hábil en el Coto de Peroblasco hasta el 31 de agosto, manteniéndose invariables el resto de condiciones para este espacio, a excepción de la pesca del cangrejo señal, sólo autorizada los martes y viernes durante el período hábil del coto y todos los días entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.

Tercero. Dar traslado de la presente Resolución al Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca y a la Secretaría General Técnica.

Logroño a 22 de junio de 2023.- El Director General de Biodiversidad, José Luis Rubio Rodríguez.

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