Consejería de educación, cultura, deporte y juventud - Otras disposiciones (BOR nº 2023-129)

Resolución 28/2023, de 21 de junio, de la Dirección General de Formación Profesional Integrada, por la que se dictan instrucciones para la impartición del curso de formación específico para el acceso a los ciclos formativos de Grado Medio de Formación Profesional del sistema educativo para el curso 2023/2024

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, que prevé en su artículo 41.5 que todas las Administraciones educativas ofertarán cursos de formación específicos preparatorios para el acceso a la Formación Profesional de Grado Superior.

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo, en sus artículos 20 y 21 establece la prueba de acceso a Grado Superior, así como las competencias que deben adquirir tanto en los cursos de preparación como las pruebas de acceso. Corresponde a las Administraciones Educativas dictar las instrucciones para la impartición del curso de preparación de las pruebas de acceso a Grado Superior en función de las competencias establecidas en el citado Real Decreto.

En su virtud, el Director General de Formación Profesional Integrada, en uso de las atribuciones legalmente conferidas por el Decreto 47/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja,

RESUELVE

Primero. Objeto de la Resolución.

El objeto de la presente Resolución es dictar instrucciones para la impartición de Curso de formación específico para el acceso a los ciclos formativos de Grado Medio de Formación Profesional del sistema educativo en el curso 2023/2024.

Segundo. Centros autorizados.

El centro educativo autorizado para impartir el curso preparatorio regulado por la presente Resolución es el IES Inventor Cosme García de Logroño (1 grupo).

En el supuesto en el que la demanda de estos cursos no pueda ser atendida, la Dirección General de Formación Profesional Integrada podrá autorizar la ampliación del número de grupos cuando el número de solicitudes sea superior a la oferta, previa solicitud del Centro Educativo.

Tercero. Requisitos de las personas solicitantes.

Podrán realizar los cursos preparatorios regulados en la presente Resolución las personas que tengan 17 años cumplidos en el año de realización de la prueba de acceso.

Cuarto. Calendario de admisión y matrícula en la modalidad presencial.

1. La solicitud de admisión al Curso de Formación Específico, según modelo normalizado en el Anexo I, se realizará del 3 al10 de julio, ambos incluidos, de acuerdo al calendario establecido en el Anexo II. La solicitud se presentará, preferentemente, en el IES Inventor Cosme García.

2. El día 12 de julio se harán públicas las listas provisionales de personas admitidas en el tablón de anuncios del centro educativo y en el tablón de anuncios virtual del Gobierno de La Rioja. Para lo cual el centro remitirá, el 11 de julio, a la Dirección General de Formación Profesional Integrada (Servicio de Formación Profesional) la relación de personas admitidas y no admitidas de acuerdo con el Anexo III.

3. Las personas interesadas podrán presentar reclamación a las listas provisionales de personas admitidas, los días 13 y 14 de julio, en el centro educativo.

4. El día 17 de julio se harán públicas las listas definitivas de personas admitidas en el tablón de anuncios del IES Inventor Cosme García y en el tablón de anuncios virtual del Gobierno de La Rioja. El centro remitirá los listados a la Dirección General de Formación Profesional Integrada para su publicación.

5. El plazo de matrícula será del 18 al 21 de julio, ambos incluidos.

6. Una vez finalizado el plazo de matrícula fijado en el punto anterior, si existieran plazas vacantes, el centro educativo asignará las vacantes siguiendo el orden establecido en la lista de espera hasta completar las plazas.

7. El calendario de admisión y matrícula para el alumnado que realice estos estudios en régimen de enseñanza a distancia se regirá por una Resolución específica para el acceso y admisión a esta modalidad de estudios.

Quinto. Criterios de admisión y baremación en la modalidad presencial.

Cuando en el centro autorizado existan más personas solicitantes que plazas disponibles, las solicitudes se ordenarán teniendo en cuenta el resultado del sorteo para determinar el número y el orden como criterio de desempate que aparece en la Resolución 19/2023, de 17 de abril, de la Dirección General de Gestión Educativa, por la que se regula el procedimiento ordinario de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados en las enseñanzas de segundo y tercer curso del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el curso académico 2023/2024.

Sexto. Organización del curso en la modalidad presencial.

1. El Curso de Formación Específico se impartirá preferentemente en horario vespertino/nocturno, que estará comprendido entre las 15:00 y las 21:00 horas. La impartición en otros horarios se realizará previa petición del centro educativo y autorización de la Dirección General de Formación Profesional Integrada.

2. Los periodos lectivos serán de 50 minutos.

3. La formación es presencial, siendo necesario un 85% de asistencia para mantener los derechos a la evaluación continua. Si durante los primeros 30 días lectivos del curso hay una ausencia superior al 50%, el/la alumno/a será dado/a de baja oficial y su plaza adjudicada, en su caso al siguiente de la lista de espera.

4. El curso comenzará el día 7 de septiembre de 2023, y finalizará una semana antes de que den inicio las pruebas de acceso.

5. La carga horaria semanal de cada materia será la que a continuación se detalla para el correspondiente Curso de Formación Específico para el acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio, teniendo en cuenta que las materias se impartirán durante la semana sin que ninguna materia se repita en el mismo día.

a) Materias Ámbito de Comunicación: 7 horas/semana

- Lengua Castellana y Literatura: 3 horas/semana.

- Lengua Inglesa: 4 horas/semana.

b) Materia Ámbito Social: 3 horas/semana.

- Geografía e Historia: 3 horas/semana.

c) Materias Ámbito Científico-Tecnológico: 9 horas/semana.

-Matemáticas: 3 horas/semana.

-Biología y Geología: 3 horas/semana.

-Tecnología de la Información y de la Comunicación: 3 horas/semana.

6. En cualquier caso, se garantizará dos materias específicas por cada opción autorizada.

Séptimo. - Número de alumnos y alumnas en la modalidad presencial.

El número mínimo de alumnos y alumnas por grupo será de 15 y el máximo por grupo será de 35.

No obstante, el número mínimo de alumnos y alumnas necesario para impartir las materias específicas, en el Curso de preparación de la prueba de acceso a ciclos formativos de Grado Superior, será de 10 personas.

Octavo. Profesorado.

1. La impartición de las materias del Curso de Formación Específico para el acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio corresponderá al profesorado que tenga adscripción docente a esa materia, según se indica a continuación.

a) Especialidad del profesorado que imparte las materias Ámbito de Comunicación:

- Lengua Castellana y Literatura.

- Lengua Inglesa.

b) Especialidad del profesorado que imparte la materia Ámbito Social:

- Geografía e Historia.

c) Especialidad del profesorado que imparte las materias Ámbito Científico-Tecnológico:

- Matemáticas.

- Biología y Geología.

- Tecnología de la Información y de la Comunicación. Si en el centro hay profesor de la especialidad de Informática, estos tendrán preferencia sobre los de Tecnología.

2. Cada grupo tendrá una persona que desempeñe las funciones de tutoría, para lo cual figurará una hora lectiva en su horario destinada a la atención y orientación del alumnado.

Noveno. Currículo y programación.

1. Los centros educativos autorizados para el curso preparatorio deberán incluir en la Programación General Anual del Centro al menos los siguientes apartados:

a) Esquema general, resumido, de las programaciones didácticas de las materias.

b) Metodología y recursos didácticos.

c) Criterios de evaluación.

d) Horarios del profesorado y alumnado.

2. Las programaciones didácticas de los bloques de contenidos de las materias que componen el curso se realizarán contemplando los siguientes elementos del currículo:

a) Objetivos.

b) Contenidos mínimos.

c) Distribución temporal de contenidos básicos y actividades.

d) Metodología y recursos didácticos.

e) Evaluación y recuperación.

3. Los contenidos del Curso preparatorio para la prueba de acceso a ciclos formativos de Grado Superior estarán relacionados con el currículo del Bachillerato implantado en la Comunidad Autónoma de La Rioja y reflejados en el Anexo IV.

Décimo. Comisión Evaluadora.

La Comisión Evaluadora estará formada por el equipo educativo que imparte las materias del curso y presidida por el/la tutor/a. Se reunirá un mínimo de tres veces al año, coincidiendo con las evaluaciones del resto de enseñanzas. Las dos primeras sesiones de evaluación serán parciales y la última sesión de la comisión evaluadora será final.

La evaluación será continua a lo largo del curso.

Undécimo. Calificaciones.

1. La calificación de cada materia será numérica, de 1 a 10, sin decimales.

2. La calificación final del curso preparatorio será la media aritmética de todas las materias que componen el curso expresada con dos decimales. En la parte común serán tres materias mientras que en la parte específica serán dos materias.

3. Esta media se calculará siempre que haya obtenido una calificación mayor o igual a 4 puntos en todas las materias del curso.

4. Cuando el/la alumno/a tenga calificación inferior a 4 puntos, en al menos una materia, su calificación final del curso de preparación será No apto.

5. La calificación final del Curso de Formación Específico será la media aritmética de las calificaciones de los ámbitos expresada con dos decimales, siendo positiva la calificación de cinco puntos o superior.

6. El alumnado que haya obtenido una calificación final del curso de cinco puntos o superior podrá acceder a los ciclos formativos de Grado Medio.

Decimosegundo. Repetición del curso de preparación.

Con carácter general no se podrá repetir el Curso de Formación Específico excepto cuando, tras la finalización del período de matriculación, existan plazas vacantes y cuando el alumnado se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

a) La renuncia o anulación de matrícula, siempre que la misma sea debida a causas excepcionales debidamente justificadas, podrá dar lugar a su repetición cuando exista informe favorable emitido por la dirección del centro en el que ha causado baja. Las causas y los procedimientos para la anulación de matrícula serán los mismos que en el caso de los ciclos formativos.

b) En el caso de que existan plazas vacantes, el alumnado que en años anteriores realizaran el curso y no hubieran superado las pruebas de acceso podrán matricularse por segunda vez.

Decimotercero. Producción de efectos.

La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja y será de aplicación para el curso 2023/2024.

Decimocuarto. Recurso.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 21 de junio de 2023.- El Director General de Formación Profesional Integrada, Félix Alonso Ibergallartu.


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