Consejería de hacienda y administración pública - Autoridades y personal (BOR nº 2023-128)
Resolución 1713/2023, de 22 de junio, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace pública la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas a los procesos excepcionales de estabilización de empleo público en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre correspondientes a varios grupos de personal funcionario (A1, A2, C1, C2 y otras agrupaciones profesionales)
Vistos:
1. La Resolución 1911/2022, de 26 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (Boletín Oficial de La Rioja número 250, de 30 de diciembre de 2022), por la que se aprueban las bases comunes que han de regir los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
2. La Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (Boletín Oficial de La Rioja número 250, de 30 de diciembre de 2022), por la que se convocan, entre otros, los procesos de estabilización excepcionales, derivados de las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
3. La Resolución 858/2023, de 8 de mayo, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (Boletín Oficial de La Rioja número 93, de 10 de mayo de 2023), por la que se procede a la modificación de la Resolución 1912/2022, de 28 de diciembre, por la que se convocan los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y se aprueban las bases específicas que han de regir los mismos.
De conformidad con lo establecido en la base 5 de la Resolución 1911/2022, de 26 de diciembre, por la que se establecen las bases comunes que han de regir los citados procesos, esta Dirección General de Función Pública, en uso de las facultades conferidas en el artículo 9.2.7 d) del Decreto 43/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,
RESUELVE
Primero. Aprobar la relación provisional de personas admitidas y excluidas de los diferentes procesos de estabilización excepcionales derivados de las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja correspondientes a varios grupos de personal funcionario, que figuran como anexos I a VII de la presente resolución.
Queda expuesta en el tablón de anuncios virtual de la sede electrónica de la administración general de la Comunidad Autónoma de La Rioja (www.larioja.org) y, a efectos exclusivamente informativos, en la dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico).
Segundo. Las personas aspirantes excluidas u omitidas disponen de un plazo de díez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución, para subsanar electrónicamente el defecto que ha motivado su exclusión u omisión. La solicitud de subsanación deberá efectuarse exclusivamente por procedimientos electrónicos a través de la siguiente dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico) con la siguiente secuencia: 'Oposiciones', 'Administración General', 'Estabilización (2022)'.
Las subsanaciones presentadas por las personas aspirantes se entenderán contestadas con la publicación de la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas.
Con el fin de subsanar en tiempo y forma el defecto que motiva la exclusión u omisión, las personas aspirantes deberán comprobar fehacientemente no sólo que no figuran en la relación de excluidos, sino que sus nombres constan en la relación de admitidos.
Tercero. Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que haya motivado la exclusión, o no aleguen la omisión en la presente relación provisional, justificando su derecho a figurar en la misma, serán definitivamente excluidas.
Logroño a 22 de junio de 2023.- El Director General de Función Pública, Manuel García Jiménez.