Consejería de agricultura, ganaderia, mundo rural, territorio y población - Otras disposiciones (BOR nº 2023-126)

Propuesta de resolución provisional de expedientes de proyectos piloto y emblemáticos para la dinamización del medio rural ante el reto demográfico y la despoblación. Convocatoria 2023

Hechos:

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]

Primero. Solicitudes de subvención presentadas dentro de las fechas 3 de enero de 2023 y las 14 horas del 20 de febrero de 2023, según el plazo previsto en la resolución de convocatoria 1229/2022, de 28 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población por la que se realiza la convocatoria pública 2023 de las ayudas a los proyectos piloto y emblemáticos para el reto demográfico en La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 71, de 2 de enero de 2023).

Segundo. Que se han realizado las actuaciones necesarias para el conocimiento y comprobación de los datos declarados en virtud de los cuales debe pronunciarse la propuesta de resolución.

Tercero. Que en fecha 2 de mayo de 2023 se ha publicado en el Boletín Oficial de La Rioja la relación de los expedientes incompletos, requiriéndoles la documentación o subsanación de la falta, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, indicándoles que el que no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición. Este plazo ha finalizado el 16 de mayo de 2023.

Cuarto. Que el importe de las inversiones y/o gastos a subvencionar, así como la subvención correspondiente y anualidades, se indican en los Anexos a este informe de resolución provisional.

Fundamentos de derecho:

Primero. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.

Segundo. Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Tercero. Ley 16/2022, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2023.

Cuarto. Decreto 49/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, modificado por el Decreto 56/2021, de 22 de septiembre.

Quinto. Orden ATP/25/2021, de 26 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a proyectos piloto y emblemáticos para la dinamización del medio rural ante el reto demográfico y la despoblación. Boletín Oficial de La Rioja número 104, de 28 de mayo de 2021.

Sexto. Resolución de convocatoria 1229/2022, de 28 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población por la que se realiza la convocatoria pública 2023 de las ayudas a los proyectos piloto y emblemáticos para el reto demográfico en La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 74, de 2 de enero de 2023).

En virtud de los hechos y fundamentos de derechos expuestos, desde este centro gestor,

Se informa:

Que en fecha 7 de junio de 2023, se ha celebrado la Comisión de Examen y Evaluación prevista en el artículo 11.4 en la que se determinaron las solicitudes y presupuestos a subvencionar.

Que se han presentado 43 solicitudes en la convocatoria y se han ordenado y puntuado las solicitudes que cumplen con los objetivos de la Orden ATP/25/2021, conforme a las prioridades indicadas en la resolución de convocatoria, procediendo a puntuar 23 expedientes que cumplen con el objeto de la Orden, el titular cumple con la condición de beneficiario de acuerdo al art 13 de la LGS y están completos. Los expedientes puntuados según cada criterio establecido se relacionan en el Anexo III.

Según estas prioridades y puntuación, y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria se detallan en el Anexo I todos los beneficiarios con la inversión aprobada, la subvención concedida y la anualidad correspondiente.

Que, en resumen, de las 43 solicitudes:

- 19 se propone la concesión conforme a la Orden ATP/25/2021, de 26 de mayo, hay presupuesto para ellos y se propone que se aprueben conforme a los datos y los importes del Anexo I.

- 1 se deniega la solicitud porque el solicitante renunció a un expediente en la convocatoria 2022 después de la resolución de concesión, de acuerdo al artículo 5.5 de la Orden ATP/25/2021, de 26 de mayo.

- 6 expedientes se propone denegar por desistimiento al no completar la documentación requerida en el Boletín Oficial de La Rioja de fecha 2 de mayo de 2023.

- 10 se propone la denegación por no ser considerados proyecto piloto o no cumplir con los objetivos específicos de reto demográfico.

- 3 expedientes se propone denegar porque los proyectos presentados no tienen informe favorable que justifique la correcta ejecución y consecución de los objetivos perseguidos.

- 4 expedientes se propone denegar por falta de crédito presupuestario al haber obtenido menor puntuación de acuerdo al procedimiento de concurrencia competitiva.

Que en el Anexo II se relacionan los 24 expedientes que se deniegan y el motivo.

Que la propuesta de concesión de los peticionarios adjuntos acredita que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 1 de la Orden ATP/25/2021 y que se han comprometido a todos los apartados establecidos en el artículo 18.

Que con la autorización de gasto no hay importe suficiente para la concesión de las subvenciones a todos los beneficiarios que han solicitado la subvención, por lo que se han ordenado en base a los criterios de prioridad establecidos en la resolución de convocatoria, llegando el presupuesto para la concesión de los expedientes del listado del Anexo I.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Primero. Iniciar la concesión de las subvenciones en conjunto a los 19 beneficiarios del Anexo I, por un importe de 962.664,62 euros correspondiente a la subvención en capital y gasto corriente correspondientes a las anualidades 2023 y 2024.

Segundo. Comprometer el gasto de 12.664,62 euros del presupuesto de esta Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, para 2023, y 950.000 euros del presupuesto de esta Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, para 2024, según el Anexo I.

Tercero. La ejecución de las inversiones, así como la presentación de los justificantes de gasto, deberá realizarse hasta el 29 de septiembre de 2023 para los expedientes que han solicitado pago con cargo al ejercicio presupuestario 2023 y hasta el 28 de junio de 2024 para los pagos imputados al ejercicio 2024, de acuerdo al listado del Anexo I. No obstante, previa petición y por causas debidamente justificadas, podrán solicitar una prórroga, de acuerdo al artículo 15.1 de la Orden ATP/25/2021.

Cuarto. Se autoriza la subcontratación en todos aquellos casos que así lo hayan solicitado, siempre y cuando el contrato se haya realizado por escrito en los casos en los que la actividad concertada con terceros exceda del 20% del importe de la subvención y/o dicho importe sea superior a 60.000 euros.

Quinto. De acuerdo al orden establecido por la puntuación obtenida en base a los criterios de la convocatoria, se establece el corte en el expediente con puntuación de 29,5 puntos, que es el expediente RD-23-0013 de Miguel Lucea Jimeno. A este expediente se le aplica el artículo 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y se insta al beneficiario a la reformulación de su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable.

Sexto. Hay un expediente para el que se admite la declaración responsable presentada de cumplimiento del art. 13.3.bis de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, pero queda condicionada la concesión de la subvención, a que presente el correspondiente certificado de auditor que acredite el cumplimiento del art. 13.3.bis. Este expediente es RD-23-0058 cuyo titular en YMCA.

Séptimo. Si hay modificaciones entre la solicitud de pago y el importe justificado o si hay diferencias entre el importe concedido y el importe justificado, conforme resulta de esta propuesta, los importes se corregirán conforme a lo indicado en el artículo 16 de la Orden ATP/25/2021.

Octavo. Los beneficiarios deberán notificar al órgano gestor con un plazo de al menos 10 días anteriores a su realización, la fecha y características de aquéllas actividades tales como cursos, talleres, o cualquier otra que no puedan tener un control una vez realizados.

Noveno. Denegar las 24 solicitudes del Anexo II, por las causas que se detallan en el citado Anexo.

De acuerdo con lo indicado en el apartado 5 del artículo 11 de la Orden ATP/25/2021, de 26 de mayo, se dispone de un plazo de 10 días, desde la publicación de la presente propuesta en el Boletín Oficial de La Rioja, para presentar las alegaciones que estimen oportunas.

- Si no se presentan alegaciones, esta propuesta se considerará aceptada y la propuesta pasará a ser definitiva.

- Si, por el contrario, se presentasen alegaciones a la misma, el órgano instructor estudiará las mismas y formulará la propuesta de resolución definitiva.

Las alegaciones se presentarán a través de la aplicación Desarrollo Rural, Reto Demográfico, a la que se puede acceder en la página web (www.larioja.org/pdr) en el trámite de alegaciones, o a través de la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja mediante una instancia general electrónica o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 16 de junio de 2023.- El Jefe de Servicio de Desarrollo Rural y Reto Demográfico, Pedro Manuel Sáez Rojo.

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