Consejería de sostenibilidad, transición ecológica y portavocía del gobierno - Otras disposiciones (BOR nº 2023-126)

Propuesta de resolución provisional para la concesión de ayudas para la realización de actividades y proyectos de educación ambiental en la Comunidad Autónoma de La Rioja, promovidos por entidades sin ánimo de lucro

Vistos:

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]

- La Orden 2/2013, de 31 de enero, (Boletín Oficial de La Rioja número 22, de 15 de febrero de 2013), de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para la realización de actividades y proyectos de educación ambiental en la Comunidad Autónoma de La Rioja, promovidos por entidades sin ánimo de lucro.

- La Resolución 147/2023, de 8 de febrero, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno por la que se procede a su convocatoria para el año 2023.

- El requerimiento de subsanación de solicitudes presentadas a la convocatoria, y publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 85, de 2 de mayo de 2023.

- El informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Planificación, de recepción y valoración de las solicitudes presentadas.

El artículo 6.1 de la Orden 2/2013, de 31 de enero, establece que la concesión de estas ayudas se hace en régimen de concurrencia competitiva, dentro del límite presupuestario disponible en cada ejercicio. A dichos efectos, la Orden prevé los criterios de valoración necesarios para establecer un orden de prelación, de conformidad con lo previsto en el artículo 22 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. El resultado final de dicha valoración, al que se ha llegado tras seguir los parámetros que se detallan en el informe de valoración, se resumen en la tabla I del Anexo.

La Convocatoria para el año 2023, aprobada mediante Resolución 147/2023, de 8 de febrero, del Consejero de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavoz del Gobierno tiene autorizados como fondos disponibles para la financiación de estas ayudas un total de 40.000,00 euros.

De conformidad con lo establecido en la Resolución de 30 de septiembre de 2021, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno (Boletín Oficial de La Rioja número 196, de 4 de octubre de 2021) sobre delegación de competencias en esta Consejería, se eleva al Ilmo. Director General de Biodiversidad la siguiente,

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1. Conceder las subvenciones que se relacionan en la tabla II del Anexo, por un importe total de cuarenta mil euros (40.000 euros) y comprometer el correspondiente gasto con cargo a la partida presupuestaria 09-07-4711-486.00 Proyecto 80702.2 del presupuesto de la Dirección General de Biodiversidad para el año 2023.

2. Denegar las solicitudes que se relacionan en la tabla III del Anexo, al agotarse los fondos disponibles en esta convocatoria tras seguir el orden de prelación que se establece en la tabla I del Anexo, y de conformidad con lo establecido en la Orden 2/2013, de 31 de enero.

3. Al proyecto de la asociación Azulema, no se le puede conceder el total de la subvención que le hubiese correspondido de existir disponibilidad presupuestaria. De conformidad con lo previsto en el artículo 7.4.c) de la Orden 2/2013, de 31 de enero, la entidad deberá comunicar a la Dirección General de Biodiversidad, dentro del plazo de alegaciones a esta propuesta de resolución, si considera que el importe que se le podría conceder (3.335,97 euros) es suficiente o insuficiente para garantizar la viabilidad del proyecto.

La ayuda sólo se concederá si la asociación comunica en ese plazo que considera viable la ejecución del proyecto con dicha cantidad. En caso afirmativo, el importe que deberá presentar como justificación, una vez realizado el proyecto, ascenderá a un total de 4.169,96 euros.

Advertir que la cantidad que se puede conceder a la asociación Azulema puede ser modificada, si a la vista de las posibles alegaciones que se presenten a esta propuesta de resolución, se modifica alguno de los importes asignados a otras entidades. Dicha circunstancia será comunicada oportunamente a la entidad afectada.

4. Condicionar el abono de la subvención a la justificación de la realización de la iniciativa conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Orden 2/2013, de 31 de enero, así como al cumplimiento de las obligaciones recogidas en el artículo 14 de dicha Orden. El plazo para realizar las iniciativas subvencionadas finalizará el 5 de noviembre de 2023, y el plazo para justificar el gasto subvencionado finalizará el 15 de noviembre de 2023. En caso de que no se justifique la totalidad del importe que se señala como a justificar en la tabla II del Anexo, se procederá a minorar proporcionalmente la subvención concedida, conforme indica el artículo 13.2 de la Orden 2/2013, de 31 de enero.

5. En el trámite de justificación, las entidades deberán realizar retención de IRPF, ingresándola en la Agencia Tributaria, cuando utilicen los servicios de profesionales cuya actividad esté sujeta a la misma. Por su parte, si presentan liquidaciones de dietas por desplazamiento, deberán especificar en la memoria justificativa los puntos de inicio y destino de cada uno de los trayectos realizados.

6. Tal como se establece en el artículo 5.7 de la Orden 2/2013, de 31 de enero, se exonera a los beneficiarios de acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, conforme a lo establecido en el Decreto 14/2006, de 16 de febrero, que incluye dicho supuesto en su artículo 14.2.f).

De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.5 de la Orden 2/2013, de 31 de enero, esta propuesta de Resolución es provisional, teniendo los interesados un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, para presentar las alegaciones que estimen oportunas. Si los interesados no presentan alegaciones, esta propuesta de Resolución provisional se considerará aceptada, convirtiéndose en Resolución definitiva.

Logroño a 19 de junio de 2023.- El Jefe de Servicio de Conservación de la Naturaleza y Planificación, Carlos Muro Martínez de Quel.

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