Consejería de hacienda y administración pública - Otras disposiciones (BOR nº 2023-125)

Resolución 715/2023, de 16 de junio, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se dispone la publicación del resumen de la primera Adenda al Convenio entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y la entidad local de Baños de Río Tobía, para la aplicación de los ingresos de derecho público municipales

De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,

Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.

Logroño a 16 de junio de 2023.- La Secretaria General Técnica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, Glikeya Pino Tarragona.


Número de Registro: 2023/0256.

Resumen de la primera Adenda al Convenio entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y la entidad local de Baños de Río Tobía, para la aplicación de los ingresos de derecho público municipales.

Fecha de suscripción: 25 de mayo de 2022.

Sujetos que lo suscriben:

Gobierno de La Rioja: Celso González González - Consejero de Hacienda y Administración Pública.

Ayuntamiento de Baños de Río Tobía: David Villoslada García - Alcalde-Presidente.

Objeto del convenio: Modificar la redacción de la cláusula primera, Objeto y contenido, del Convenio para la aplicación de los ingresos de derecho público municipales para así adaptarla al nuevo alcance de la delegación establecido por el Ayuntamiento de Baños de Río Tobía en acuerdo de pleno de fecha 3/3/2023:

El Ayuntamiento delega en la Comunidad Autónoma de La Rioja y ésta asume las competencias que corresponden al primero en la gestión tributaria y recaudatoria en período voluntario y ejecutivo de los siguientes tributos:

Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica y Urbana y de Características Especiales.

Impuesto sobre Actividades Económicas.

Impuesto sobre Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana.

El Ayuntamiento delega en la Comunidad Autónoma de La Rioja y ésta asume las competencias que corresponden al primero en la recaudación en período ejecutivo, dentro de su territorio, de los siguientes Ingresos de Derecho Público:

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Tasa de Agua Potable y Canon de Saneamiento.

Tasa de Basuras.

Tasa de Alcantarillado.

Tasa para el Fomento de la Agricultura/Mantenimiento de Caminos.

Contribuciones Especiales.

Multas y Sanciones.

Resto de Tasas.

Resto de Ingresos de Derecho Público Municipales.

El Ayuntamiento delega en la Comunidad Autónoma de La Rioja y ésta asume las competencias que corresponden al primero en materia de inspección tributaria, de:

Inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Inspección del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Inspección del Impuesto sobre Incremento de Valor Terrenos de Naturaleza Urbana.

Inspección Tasas Municipales.

Vigencia: El presente Convenio tendrá una vigencia inicial de cuatro años, desde el 1 de enero de 2022 hasta 31 de diciembre de 2025.

Prórrogas: Los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de cuatro años adicionales antes de la finalización de su vigencia inicial.

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