Consejería de desarrollo autonómico - Otras disposiciones (BOR nº 2023-122)
Corrección de errores en la Resolución 2498/2022, de 9 de septiembre, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja en aplicación de la Orden DEA/44/2022, de 14 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dichas subvenciones en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Advertidos errores en la Resolución 2498/2022, de 9 de septiembre, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja en aplicación de la Orden DEA/44/2022, de 14 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dichas subvenciones en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuyo extracto se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja número 191, de 4 de octubre de 2022, se procede a su corrección en la forma siguiente:
En el antecedente de hecho tercero,
Donde dice:
'La partida presupuestaria 19.08.46131.700.01 del Proyecto de Gasto 821912.1 (GFA 141.1) del presupuesto de gasto del año 2022 donde existe crédito adecuado y suficiente, y del año 2023 donde se habilitará crédito adecuado y suficiente, por importe de 19.120,00 euros.'
Debe decir:
'La partida presupuestaria 19.08.46131.780.00 del Proyecto de Gasto 821912.1 (GFA 141.1) del presupuesto de gasto del año 2022 donde existe crédito adecuado y suficiente, y del año 2023 donde se habilitará crédito adecuado y suficiente, por importe de 19.120,00 euros.'
En el punto primero de la Resolución,
Donde dice:
'Partida | Descripción | Crédito 2022 | Crédito 2023 |
19.08.46131.700.01 | Bonos digitales | 80.000,00 | 19.120,00' |
Debe decir:
'Partida | Descripción | Crédito 2022 | Crédito 2023 |
19.08.46131.780.00 | Bonos digitales | 80.000,00 | 19.120,00' |
En el punto tercero de la Resolución, apartado segundo 'Cuantía y créditos presupuestarios',
Donde dice:
'2. El gasto será imputable a la partida presupuestaria 19.08.46131.700.01 del proyecto de gasto 821912.1 (GFA 141.1) correspondiente a la presente convocatoria.'
Debe decir:
'2. El gasto será imputable a la partida presupuestaria 19.08.46131.780.00 del proyecto de gasto 821912.1 (GFA 141.1) correspondiente a la presente convocatoria.'
Logroño a 14 de junio de 2023.- El Consejero de Desarrollo Autonómico, José Ángel Lacalzada Esquivel.