Ayuntamiento de logroño - Otras disposiciones (BOR nº 2023-104)

Convocatoria pública para la concesión de subvenciones en el área de comercio y artesanía a entidades sin ánimo de lucro, tales como asociaciones de comerciantes, línea 1 (zonales), año 2023 (extracto)

Por cuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 17 de mayo de 2023, por el que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en el área de comercio y artesanía a asociaciones zonales en el ámbito de la ciudad de Logroño, año 2023 y en cuyo dispositivo primero se ordena la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Rioja en los siguientes términos:

BDNS: 696642

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias):

Primero. Beneficiarios.

Asociaciones de comerciantes zonales cuyas actuaciones se realicen sin ánimo de lucro, que desarrollen su actividad en el municipio de Logroño y que figuren inscritas en el registro de entidades ciudadanas del ayuntamiento de Logroño.

La actividad deberá desarrollarse en el año 2023, admitiéndose las realizadas desde el 1 de enero de 2023.

Segundo. Objeto.

Es objeto de esta convocatoria definir las condiciones y el procedimiento a seguir para la concesión de subvenciones destinadas a asociaciones de comerciantes zonales para la promoción y dinamización comercial en el ámbito de la ciudad de Logroño.

Igualmente tendrán cabida programas destinados a la transformación del comercio de la ciudad de Logroño, dotándolo de características diferenciadoras, generando vínculos con su clientela, desarrollando la omnicanalidad y renovando el comercio mediante la transformación digital y la incorporación de nuevas tecnologías. Con este propósito, estas subvenciones se enmarcan en una estrategia de apoyo al comercio minorista para alentar el asociacionismo y aumentar la competitividad del sector comercial de Logroño y la creación de valor mediante el incremento de la visibilidad de la marca de las asociaciones de comerciantes, o el desarrollo de proyectos de inversión para la mejora y optimización de la comunicación y los canales de venta destinados a los potenciales clientes.

Tercero. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se dicta de acuerdo a lo establecido en las bases reguladoras aprobadas por acuerdo Pleno de fecha 2 de marzo de 2023, publicadas en el boletín oficial de La Rioja número 46 de fecha 7 de marzo de 2023.

Cuarto. Cuantía.

Cuantía total: 110.000 euros. El importe de las subvenciones a otorgar tendrá el carácter de cuantía máxima y la cuantía a abonar finalmente dependerá de la ejecución y de la justificación de los gastos y sus correspondientes pagos, sin que el importe de la subvención otorgada pueda superar el 70% del presupuesto neto subvencionable (diferencia entre ingresos y gastos).

Proyectos correspondientes a asociaciones de comerciantes (zonales). Los beneficiarios podrán optar a través de esta línea a subvención mediante presentación de actividades que se enmarquen en alguno de los siguientes programas:

.Programa 1: actividades de dinamización.

.Programa 2: desarrollo de proyectos vinculados a nuevas tecnologías y comunicación.


Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos de interés.

-Convocatoria: el texto íntegro de la convocatoria estará disponible en la página web del Ayuntamiento de Logroño, en el siguiente enlace: (https://shre.ink/QW2h)

-Solicitudes: Las solicitudes, junto con el resto de la documentación, se presentarán en el registro electrónico general del ayuntamiento de Logroño o bien en cualquiera de los registros autorizados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La sede electrónica de presentación del ayuntamiento de Logroño se encuentra en la web (http://www.logroño.es) e igualmente quedará habilitada la presentación electrónica a través del registro electrónico del punto de acceso general del Estado en (https://administracion.gob.es)

-Documentación. La prevista en el artículo 6 de las bases reguladoras.

-Criterios de valoración: Los previstos en el artículo 9 de las bases reguladoras.

-Forma de pago: el pago de la ayuda se efectuará de la siguiente manera: el 70 % a partir de la fecha de adopción del acuerdo de concesión; el 30% restante, se abonará cuando los beneficiarios justifiquen haber realizado un gasto igual o superior a la subvención concedida, y se adopte el acuerdo en el que se preste conformidad a la justificación presentada

-Forma de justificación: de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de las Bases Reguladoras.

-Plazo máximo de justificación: de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la convocatoria, hasta el 31 de enero de 2024.

Logroño a 22 de mayo de 2023.- El Alcalde, Pablo Hermoso de Mendoza González.

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