Consejería de educación, cultura, deporte y juventud - Autoridades y personal (BOR 2023-89)
Resolución 82/2023, de 3 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la resolución definitiva del concurso de traslados convocado por Resolución 149/2022, de 11 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convoca concurso de traslados de los funcionarios de los cuerpos que imparten docencia contemplados en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la Comunidad Autónoma de La Rioja
De conformidad con lo dispuesto en la base vigésimo segunda de la Resolución 149/2022, de 11 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convoca concurso de traslados de los funcionarios de los cuerpos que imparten docencia contemplados en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE
Primero. Aprobar la adjudicación definitiva del concurso de traslados convocado por 149/2022, de 11 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convoca concurso de traslados de los funcionarios de los cuerpos que imparten docencia contemplados en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Segundo. Publicar en la página web (www.educarioja.org) la adjudicación referida en el párrafo anterior el día 5 de mayo de 2023.
Tercero. Declarar desestimadas las reclamaciones contra la adjudicación provisional no contempladas en la presente adjudicación definitiva.
Cuarto. Los destinos adjudicados por esta resolución son irrenunciables. La toma de posesión del nuevo destino tendrá lugar el día 1 de septiembre de 2023 y el cese el de procedencia el último día de agosto.
Quinto. Los participantes que hayan presentado documentación para la valoración de los méritos alegados, podrán optar entre retirarla (personalmente o por persona debidamente autorizada), o por que permanezca en la Dirección General de Gestión Educativa para la participación en futuros concursos de traslados, cuando así se contemple en los mismos. En el caso de no ser retirada en plazo se entenderá que el aspirante renuncia a su recuperación decayendo, por tanto, en su derecho a ella.
La recuperación de la documentación presentada para este concurso de traslados podrá realizarse en el plazo de un mes a partir del día 1 de octubre de 2023, siempre que esta documentación no interfiera en la resolución de reclamaciones o recursos en tramitación.
Contra esta adjudicación, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recursos potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud en el plazo de un mes, o bien interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar, en ambos casos, desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Logroño a 3 de mayo de 2023.- El Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, Pedro María Uruñuela Nájera.