Agencia de desarrollo económico de la rioja - Otras disposiciones (BOR 2023-83)

Resolución de 26 de abril de 2023, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria Proyectos de I+D+i orientados al mercado para el año 2023 de las subvenciones destinadas al fomento de la investigación, desarrollo e innovación, en régimen de concesión directa, para los programas 2 y 3: Desarrollo de proyectos de investigación y desarrollo, I+D, Desarrollo de proyectos de innovación en materia de procesos y organización (extracto)

BDNS 691004, 691005, 691006

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index)

Primero. Beneficiarios.

Empresas y organizaciones públicas, semipúblicas o privadas que presten servicios a las empresas, así como agrupaciones empresariales, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 2.g), de la convocatoria.

El solicitante deberá estar dado de alta en el censo de actividades económicas en la fecha de cierre del plazo de presentación solicitudes previsto en esta convocatoria.

Segundo. Objeto.

Las ayudas que se contemplan en la presente convocatoria tienen como finalidad incentivar:

- El desarrollo de proyectos de Investigación y Desarrollo para la adquisición de nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar significativamente los ya existentes. Se incluye el desarrollo de prototipos y proyectos piloto (I+D), de acuerdo con el apartado primero, punto 2.d), de la convocatoria.

- El desarrollo de proyectos de Innovación Tecnológica en materia de procesos y organización, como puedan ser entre otros, el desarrollo de nuevos métodos de producción, control, logística, y su digitalización e integración, o la mejora significativa de los mismos. A modo de ejemplo, los proyectos podrán proponer planes de modernización de plantas, nuevos diseños, nuevos componentes estratégicos, la incorporación de alta y media tecnología, la optimización e Integración de la cadena de suministro desde el proveedor hasta el cliente, y la inversión en activos tecnológicos mediante la compra de tecnología, incluidas las Tecnologías Claves Habilitadoras (KETs), licencias de patentes, o maquinaria de nueva generación. (i), de acuerdo con el apartado primero, punto 2.e), de la convocatoria.

Se considerarán gastos subvencionables para el desarrollo de los proyectos descritos, en la medida que se dediquen al proyecto:

- Los costes de personal propio (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar), los materiales (fungibles o no), las colaboraciones externas necesarias.

No considerándose subvencionables, según se establece en los apartados 2.d2) y 2.e2) de la convocatoria, entre otros, cualquier elemento activo ni sus amortizaciones, y los costes indirectos.

La presente convocatoria primará de forma especial a:

- Los proyectos colectivos; las colaboraciones externas con Universidades, Organismos de Investigación, y Centros Tecnológicos y/o de Innovación y Transferencia de Tecnología.


Tercero. Bases reguladoras.

Orden DEI/10/2018, de 1 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas al fomento de la investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 28, de 7 de marzo de 2018), modificada por Orden DEA/79/2021, de 29 de noviembre (Boletín Oficial de La Rioja número 236, de 1 de diciembre de 2021).

Cuarto. Cuantía.

Importe del crédito disponible: 3.000.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio de 2023, a las 14:00 horas.

La solicitud deberá ser previa al inicio del proyecto o actividad subvencionada.

Sexto. Tramitación.

Tramitación telemática de los expedientes de subvenciones (obligatoria), de acuerdo con la Orden 1/2017, de 7 de marzo, Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 29/2017, de 10 de marzo).

- Presentación de solicitudes: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 5, de la convocatoria.

- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 7, de la convocatoria.

Séptimo. Otros datos de interés.

- Convocatoria. Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es).

- Procedimiento de concesión.- La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.

- Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.

Logroño a 26 de abril de 2023.- El Gerente, Luis Alonso Fernández.

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