Ayuntamiento de aldeanueva de ebro - Otras disposiciones (BOR 2023-63)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 2/2023
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público (Boletín Oficial de La Rioja número 43, de fecha 2 de marzo de 2023), ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento adoptado en fecha 28 de febrero de 2023, relativo a la modificación de las Bases de Ejecución del presupuesto y por modificación de créditos en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería para gastos generales, con arreglo al siguiente detalle:
Altas en aplicaciones de gastos
Capítulo | Descripción | Crédito anterior | Modificación crédito alta | Créditos finales |
2 | Gastos corrientes en bienes y servicios | 1.839.120,56 | 5.000,00 | 1.844.120,56 |
4 | Transferencias corrientes | 219.735,00 | 4.500,00 | 224.235,00 |
6 | Inversiones reales | 415.481,53 | 1.060.000,00 | 1.475.481,53 |
Total Modificación | 1.069.500,00 | |||
Total de gastos | 3.518.391,09 | 1.069.500,00 | 4.587.891,09 |
Incremento en concepto de ingresos
Capítulo | Descripción | Consignación anterior | Aumento | Consignación final |
8 | Activos financieros | 53.403,11 | 1.069.500,00 | 1.122.903,11 |
Total Modificación | 1.069.500,00 | |||
Total de ingresos | 3.518.391,09 | 1.069.500,00 | 4.587.891,09 |
En virtud de la creación de la aplicación 231.450, se modifica el punto 7 de la Base 39ª de las Bases de Ejecución del presupuesto de 2023, incluyendo la subvención nominativa a conceder a la Comunidad Autónoma de La Rioja para cofinanciar las subvenciones que la Comunidad concede a Organizaciones No Gubernamentales para la financiación de Proyectos de Cooperación al Desarrollo por importe de 4.500,00 euros, que quedará como sigue:
Las subvenciones nominativas, para el ejercicio 2023, serán, como máximo, las que a continuación se señalan.
Comunidad Autónoma de La Rioja para cofinanciar las subvenciones que la Comunidad concede a Organizaciones No Gubernamentales para la financiación de Proyectos de Cooperación al Desarrollo, 4.500 euros.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Aldeanueva de Ebro a 27 de marzo de 2023.- El Alcalde-Presidente, Ángel Fernández Calvo.