Ayuntamiento de santo domingo de la calzada - Otras disposiciones (BOR 2023-46)
Anuncio de acuerdo de pleno extraordinario y urgente de 21 de diciembre de 2022, en expediente sobre convenio de electrificación con i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 apartado 1 letra a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y estimando que las notificaciones efectuadas a los interesados en expediente 1389/2022 pueden ser insuficientes para garantizar la notificación a todos, se procede a hacer pública notificación del acuerdo adoptado en el mencionado expediente por el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el 21 de diciembre de 2022, siendo la presente notificación adicional a la individualmente realizada,
ACUERDO
Primero. Aceptar las condiciones técnicas y económicas de la infraestructura necesaria para la atención del suministro eléctrico correspondiente, respectivamente, a la Ampliación P.I. San Lázaro, Sector 10 y Sector 17 de la localidad de Santo Domingo de la Calzada (La Rioja), remitidas a esta administración por i-DE Redes Eléctricas inteligentes, SAU, con CIF A95075578.
Segundo. En consecuencia, autorizar y disponer el gasto correspondiente por el importe global de 2.594.980 euros, iva excluido (3.139.925,80 euros iva incluido), con cargo a la aplicación presupuestaria 4250-609, quedando pendiente de concretar en el convenio de electrificación a formalizar la determinación de los concretos hitos de pago, y a expensas de la respuesta que se reciba por parte de la Dirección General de Tributos respecto al importe correspondiente al iva a repercutir a esta administración.
Tercero. Dar traslado del presente acuerdo a los propietarios del suelo incluido en cada uno de los sectores y/o unidades de ejecución cuyo desarrollo requiere de la actuación previa que nos ocupa, informándoles que con arreglo a la legislación urbanística procederá la repercusión en proporción al aprovechamiento que les corresponda.
El anterior acuerdo no pone fin a la vía administrativa, sin perjuicio de su derecho a oponerse al mismo para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, y ello con arreglo al artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Santo Domingo de la Calzada a 3 de marzo de 2023.- El Alcalde-Presidente, David Mena Ibáñez.